Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 11

Fecha del Boletín 
13-01-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120113-91

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

91
Demanda 965 de 2011

Don Miguel Ángel Sánchez Grande, secretario judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 965 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Matías Guerra Montaña, contra las empresas “Especialistas Saneamientos, Sociedad Limitada”, “Galvis XXI, Sociedad Limitada”, don Miguel Ángel González Ambles y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado resolución judicial, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 374 de 2011

En Madrid, a 24 de noviembre de 2011.—Por la ilustrísima señora doña María Majarón de Tena, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 8 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Matías Guerra Montaña, que comparece, y de otra, como demandados, “Especialistas Saneamientos, Sociedad Limitada”, “Galvis XXI, Sociedad Limitada”, don Miguel Ángel González Ambles y Fondo de Garantía Salarial, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por don Matías Guerra Montaña, frente a las empresas “Especialistas Saneamientos, Sociedad Limitada”, “Galvis XXI, Sociedad Limitada”, y contra don Miguel Ángel González Ambles en calidad de administrador concursal, sobre reclamación de resolución de contrato, debo declarar y declaro resuelto el contrato de trabajo entre el trabajador y las empresas, condenando solidariamente a las demandadas y a don Miguel Ángel González Ambles, en calidad de administrador concursal, a estar y pasar por dicha declaración y a que abonen al demandante la cantidad de 44.917,76 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 1.409 euros en concepto de paga extra de verano de 2011.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, agencia de la calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 0030/1143/50/0000000000, y en “Conceptos” indicar el número de cuenta corriente 2506, número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto” anteriormente mencionada la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Galvis XXI, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de diciembre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/43.292/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120113-91