Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 4
Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120105-59
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES
RÉGIMEN ECONÓMICO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, por la presente se cita a los sujetos pasivos que a continuación se relacionan para notificarles por comparecencia los procedimientos y conceptos, cuya competencia corresponde a la Concejalía de Economía, que se detallan, según orden que se indica.
Procedimiento: solicitud de fraccionamiento o aplazamiento de las deudas existentes con el Ayuntamiento de San Sebastian de los Reyes: requerimiento de documentación, concesión o denegación de la solicitud.
La comparecencia, a efecto de notificaciones, deberá efectuarse en la Tesorería del Ayuntamiento (plaza de la Iglesia, número 7, segunda planta), en el plazo de quince días naturales, contados desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de lunes a viernes, en horario de ocho y treinta a catorce, bajo apercibimiento de que si, transcurrido dicho plazo, no se hubiese comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Contra la denegación o concesión del fraccionamiento o aplazamiento, los interesados podrán interponer recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante la concejala de Economía, en el plazo de un mes, contado a partir de la notificación del acto (artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo).
Contra la resolución de los recursos de reposición podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto.
No obstante lo anterior, podrá interponerse cualquier otro recurso o reclamación que estime conveniente a su derecho.
San Sebastián de los Reyes, a 2 de diciembre de 2011.—El alcalde, Manuel Ángel Fernández Mateo.
(02/10.739/11)

