Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
04-01-2012

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120104-75

Páginas: 29


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL ESCORIAL

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

75
Procedimiento para apertura actividades

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo del Pleno de la Corporación, adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 13 de octubre de 2011, por el que se aprobó inicialmente la ordenanza reguladora del procedimiento para la apertura de actividades de servicios del Ayuntamiento de la leal villa de El Escorial, cuyo texto se hace público para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

ORDENANZA REGULADORA DEL PROCEDIMIENTO PARA LA APERTURA DE ACTIVIDADES DE SERVICIOS DEL AYUNTAMIENTO DE LA LEAL VILLA DE EL ESCORIAL

La presente ordenanza general entrará en vigor una vez publicado íntegramente su texto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y una vez haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, manteniéndose vigente hasta tanto se acuerde su modificación o derogación.






















































































En El Escorial, a 20 de diciembre de 2011.—El alcalde-presidente, Antonio Vicente Rubio.

(03/43.286/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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