Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120104-182
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 208 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Almudena de las Heras Pérez, contra don Alejandro Rodal Carracelas, sobre despido, se han dictado decreto y auto de fecha 29 de noviembre de 2011 del tenor literal siguiente:
Decreto
Secretaria judicial, doña María José González Huergo.—En Madrid, a 29 de noviembre de 2011.
Parte dispositiva:
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:
1. El embargo de los bienes de la parte ejecutada don Alejandro Rodal Carracelas en cantidad suficiente para cubrir la cuantía por la que se ha despachado ejecución: 3.106,25 euros en concepto de principal, más 186,37 euros y 310,62 euros calculados provisionalmente en concepto de intereses y costas, respectivamente.
2. Realizar investigación judicial del patrimonio del ejecutado mediante consulta telemática a través del Punto Neutro Judicial, y visto el resultado, que se une a los autos, acuerdo:
El embargo de los saldos favorables y depósitos existentes en las cuentas bancarias titularidad del ejecutado don Alejandro Rodal Carracelas abiertas en “Caja de Madrid”, “Banco Popular Español, Sociedad Anónima”, “Caixa de Ahorros de Vigo, Ourense y Pontevedra” (“Caixanova”), “Caja de Ahorros Municipal de Burgos” y “Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona” (“La Caixa”).
El embargo de las cantidades que se adeudan por la Hacienda Pública al ejecutado en concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido, o cualquier otro, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, sucursal de la calle Princesa, número 3, de Madrid, con número 2523.
Para su efectividad, líbrense al efecto los despachos necesarios que se remitirán de oficio.
El embargo de los vehículos propiedad del apremiado que a continuación se describen con los datos de identificación conocidos:
Matrícula B-9495-IL, marca “Ford”, modelo Sierra 2.0 I, número de bastidor WFOAX XGBBAHJ83778.
Matrícula M-4431-DZ, marca “Peugeot”, modelo 505 GRD, número de bastidor 551A 401203552.
Matrícula SS-7556-D, marca “Renault”, modelo R-5, número de bastidor 2560850.
Matrícula M-8486-AD, marca “Seat”, modelo 1430, número de bastidor FD-184985.
Líbrese y remítase directamente y de oficio mandamiento por duplicado al ilustre señor registrador de Bienes Muebles Provincial, Sección de Automóviles y Otros Vehículos de Motor, obrante en el mismo, para que practique el asiento que corresponda relativo al embargo trabado sobre los vehículos indicados, se expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad que conste de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes, advirtiéndose que deberá comunicar a este Juzgado la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado (artículo 253 de la Ley de Procedimiento Laboral), y debiéndose devolver un ejemplar debidamente cumplimentado.
Unir el informe negativo del Catastro.
3. Librar mandamiento al Registro de la Propiedad número 2 de Alcorcón (Madrid), a fin de que informe a este Juzgado sobre las fincas que consten como titularidad del ejecutado y demás datos que puedan permitir el posterior embargo de las mismas.
4. Dado que el ejecutado se encuentra en ignorado paradero, notifíquese la presente resolución y el auto despachando ejecución de fecha 29 de noviembre de 2011 por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia al ejecutado que las sucesivas notificaciones se practicarán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
Auto
Magistrado-juez de lo social, don Ángel Luis del Olmo Torres.—En Madrid, a 29 de noviembre de 2011.
Parte dispositiva:
Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 12 de julio de 2011 a favor de la parte ejecutante doña Almudena de las Heras Pérez, frente a don Alejandro Rodal Carracelas, por un principal de 3.106,25 euros, más 186,37 euros y 310,62 euros calculados provisionalmente en concepto de intereses y costas, respectivamente.
Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Alejandro Rodal Carracelas, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 29 de noviembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).
(03/42.490/11)

