Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
03-01-2012

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120103-122

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 2

EDICTO

122
Procedimiento ordinario 261 de 2009

En el procedimiento ordinario número 261 de 2009 se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 95 de 2011

En Colmenar Viejo, a 6 de junio de 2011.—Vistos por mí, doña Sonia Agudo Torrijos, magistrada-juez de primera instancia del Juzgado número 2 de esta localidad, los autos de juicio ordinario seguidos ante este Juzgado bajo el número 261 de 2009, a instancias de “FCE Bank, PLC”, sucursal en España, representada por el procurador señor Pomares Ayala, contra doña María Flor Afonso Saballs, declarada en rebeldía, cuyos autos versan sobre reclamación de cantidad, y atendiendo al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por “FCE Bank, PLC”, sucursal en España, representada por el procurador señor Pomares Ayala, contra doña María Flor Afonso Saballs, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la suma de 10.860,54 euros, más los intereses moratorios pactados.

Todo ello con expresa imposición de costas a la demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que deberá interponerse en el plazo de cinco días a contar desde el día siguiente a su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha.—Doy fe.

Y encontrándose dicha demandada doña María Flor Afonso Saballs en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

Colmenar Viejo, a 1 de septiembre de 2011.—El secretario (firmado).

(02/10.232/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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