Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
03-01-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120103-212

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZAMORA NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

212
Ejecución 174 de 2011

Doña María Ángeles Blázquez Cosmes, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Zamora.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 174 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Ángeles Sálazar Calabuig y doña Ana María Casado Ferreras, contra la empresa “JJC Bisutería, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña María Ángeles Sálazar Calabuig y doña Ana María Casado Ferreras, frente a “JJC Bisutería, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 8.580,66 euros de principal (correspondiendo a doña María Ángeles Sálazar Calabuig 4.358,46 euros y a doña Ana María Casado Ferreras 4.222,20 euros en concepto de principal), más otros 1.716,13 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará la secretaria judicial y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “JJC Bisutería, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Zamora, a 30 de noviembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/42.360/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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