Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
03-01-2012

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120103-83

Páginas: 11


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

83
Concesión subvenciones 2011

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de noviembre de 2011, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«6. (286/11) Propuesta de la Mesa de Valoración sobre concesión de subvenciones para proyectos de cooperación al desarrollo del año 2011 (11.6.2).

Se da cuenta del expediente, que consta, entre otros, de los siguientes documentos:

A) Propuesta de la Mesa de Valoración de fecha 16 de noviembre de 2011 sobre concesión de subvenciones para proyectos de cooperación al desarrollo del año 2011, cuyo tenor literal es el siguiente:

“En Majadahonda, siendo las diez y quince horas del día 16 de noviembre de 2011.

En la Casa Consistorial del Ayuntamiento se constituye la Mesa, presidida por el concejal-delegado de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos y Seguridad, don José Antonio Carnevali Ramírez (por delegación según decreto de la Alcaldía 1253/2011, de fecha 11 de junio de 2011), asistido por la secretaria de la Mesa, doña Soledad Merlos Romero, estando presentes como vocales los señores don Eulalio Ávila Cano (secretario general), don Julio Prinetti Márquez (interventor municipal) y don José Alberto San Juan Llorente, concejal-delegado de Bienestar Social, Salud y Familia, y con la asistencia de doña Elena Gómez Marcos (técnico de Control Financiero), doña Nadia García Pereda (directora de Servicios Sociales y Familia) y doña Ana María Ortiz Duque (responsable del Área de Atención Primaria, Inmigración y Cooperación al Desarrollo).

Se constituye la Mesa con el fin de elaborar la propuesta de concesión de la adjudicación de subvenciones para proyectos de cooperación al desarrollo para el año 2011, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15 de la ordenanza reguladora de las bases de subvenciones para el Área de Cooperación al Desarrollo, aprobada por acuerdo del Pleno de fecha 30 de julio de 2008, una vez emitido el informe-propuesta por la responsable de Atención Primaria, Inmigración y Cooperación al Desarrollo de fecha 25 de octubre de 2011, que considera el acuerdo adoptado por el Consejo Municipal de Cooperación al Desarrollo, en sesión celebrada el 18 de octubre de 2011.

Visto que en fecha 14 de marzo de 2011 se inicia, mediante moción de la concejal de Servicios Sociales y Familia, expediente para la tramitación de la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de cooperación al desarrollo del Ayuntamiento de Majadahonda, año 2011, presentados por asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro. Se incorpora al expediente el texto de la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de cooperación al desarrollo, con sus correspondientes anexos.

Visto que se emite informe por la Intervención Municipal de fecha 4 de abril de 2011 haciendo constar que el crédito presupuestario es adecuado y suficiente en la partida 2011.005.2320.48.8005 “transferencias corrientes ayuda al desarrollo”, contabilizada con número de operación definitiva 2201100001107, de 30 de marzo, y por importe de 355.182,00 euros.

Visto que en fecha 11 de abril de 2011, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, actuando por delegación de la Alcaldía, de conformidad al decreto 1691/2007, de fecha 16 de junio (en aplicación del artículo 24 de la ordenanza reguladora de las bases del Ayuntamiento de Majadahonda para el Área de Cooperación del Desarrollo), aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de cooperación al desarrollo del Ayuntamiento de Majadahonda para el año 2011, por un importe de 355.182,00 euros.

Visto que en fecha 18 de mayo de 2011 se publica dicha convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 116, iniciándose el plazo de presentación de solicitudes.

Visto que se adjunta al expediente informe de baremación con fecha 26 de septiembre de 2011, de la convocatoria de subvenciones a proyectos de cooperación ejecutados por ONG, elaborado por la empresa ‘ICG Internacional de Cooperación y Gestión’.

Visto que en el borrador del acta de la reunión del Consejo de Cooperación al Desarrollo, celebrada el día 18 de octubre de 2011, se hace constar el acuerdo adoptado sobre propuesta de la distribución de las subvenciones para los referidos proyectos a las distintas entidades participantes.

Visto que se elabora informe-propuesta por la responsable de Atención Primaria e Inmigración de los Servicios Sociales, de fecha 25 de octubre de 2011, considerando el acuerdo adoptado por el Consejo Municipal de Cooperación al desarrollo, en sesión celebrada el 18 de octubre de 2011, sobre distribución de subvenciones a los proyectos de cooperación al desarrollo presentados por diversas entidades donde se propone la aprobación de la distribución de subvenciones a proyectos presentados por las ONG, fundaciones y asociaciones originarias y con sede en el municipio, por importe de 106.555,00 euros; la concesión de subvenciones a determinados proyectos presentados por las ONG que no son originarias, por importe total de 288.089,00 euros, así como la desestimación de la concesión de subvenciones a determinados proyectos debidamente motivado.

Visto el informe de Secretaría de 15 de noviembre de 2011 sobre aprobación de la adjudicación de subvenciones para proyectos de cooperación al desarrollo para 2011.

Por consiguiente, la Mesa de Contratación eleva su propuesta a la Junta de Gobierno Local (órgano competente para su aprobación, según lo establecido en la legislación vigente en materia de régimen local), así como lo dispuesto en las normas de organización, funcionamiento y delegación de competencias aprobadas por resolución de la Alcaldía 1252/2011 (en aplicación del artículo 24 de la ordenanza reguladora de las bases del Ayuntamiento de Majadahonda para el Área de Cooperación del Desarrollo y bases de ejecución del presupuesto general de este Ayuntamiento para 2011) y en consonancia, con el informe-propuesta emitido por la responsable del Área de Atención Primaria e Inmigración de los Servicios Sociales de fecha 25 de octubre de 2011 y reunión del Consejo de Cooperación al Desarrollo, en sesión celebrada el 18 de octubre de 2011, propone la adopción del siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar la concesión de subvenciones a los siguientes proyectos presentados por las ONG que se relacionan y por el importe que se indica, conforme a los criterios aprobados en Junta de Gobierno Local de fecha 11 de abril de 2011 y aplicado el instrumento de valoración que acompaña a la convocatoria de cooperación al desarrollo 2011:

a) Proyectos presentados por ONG, fundaciones y asociaciones originarias y con sede en este municipio, según recoge el artículo 1 de la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de cooperación al desarrollo del Ayuntamiento de Majadahonda, año 2011, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 116, de fecha 18 de mayo de 2011:


Al haber obtenido Amazonía Requena y AICODE los mismos puntos y que la reserva para financiar este turno asciende a 106.555 euros, el Consejo de Cooperación al Desarrollo, en sesión celebrada el 18 de octubre de 2011, propone que, dado que a cada una de ellas les correspondería la cantidad de 53.277,50 euros, y como Amazonía Requena ha solicitado 48.191 euros, se le subvencionaría dicha cantidad. AICODE sumaría para su proyecto la cantidad restante hasta los 106.555 euros, es decir, un total de 58.364 euros, que, como no corresponde a la cantidad total solicitada, habrá de reformular el proyecto a concurso.

b) Proyectos presentados por ONG, fundaciones y asociaciones que no son originarias de este municipio, según recoge el artículo 1 de la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de cooperación al desarrollo del Ayuntamiento de Majadahonda, año 2010, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 116, de fecha 18 de mayo de 2011:


Segundo.—Desestimar la concesión de subvenciones a los proyectos presentados por las siguientes ONG por los siguientes motivos:

— Porque, aun pudiendo ser objeto de subvención, dado que cumplen los requisitos de las bases de la convocatoria, tienen una puntuación menor que las anteriores y se ha agotado el crédito presupuestario:





— Por no alcanzar la puntuación mínima de 60 puntos para obtener subvención, como se estableció por el Consejo de Cooperación al Desarrollo en sesión celebrada el 9 de marzo de 2011:


— Por no presentar la documentación requerida:

l Asociación de Apoyo a los Niños Abandonados y al Desarrollo de la Mujer-AACA España.

Documentos no presentados:

Artículo 20.2 de la ordenanza reguladora, apartados a), c), g), h), k), m) y o); artículo 4.3.b) de la convocatoria, y artículo 4.8 de la convocatoria.

— Por presentar la solicitud fuera de plazo:

AMYCOS; Organización no Gubernamental para la Cooperación Solidaria.

— Por retirarse:

Fundación MAGDALA.

Tercero.—Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID las subvenciones concedidas, con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención, puntuación obtenida en la evaluación y lista de proyectos que, no habiendo obtenido suficiente puntuación para obtener financiación, quedan en lista de espera por riguroso orden de puntuación, de conformidad con lo previsto en el título 5 de la ordenanza reguladora de las bases de subvenciones para el área de cooperación al desarrollo.

El señor presidente levanta la sesión siendo las diez y treinta horas. Como secretaria, doy fe”.

B) Informe de la técnico de control interno y del interventor de fecha 21 de noviembre de 2011, cuyo tenor literal reproducimos a continuación:

“1. Normativa aplicable.

La normativa aplicable a este expediente se encuentra en:

— Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL).

— Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986 (TRLRL).

— Ordenanza reguladora de las bases de subvenciones del Ayuntamiento de Majadahonda para el Área de Cooperación al Desarrollo, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 201, de 23 de agosto de 2008.

— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS).

— Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (RLGS).

— Ley 30/1992, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común (LPA).

— Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL).

— Bases de ejecución del presupuesto general de este Ayuntamiento para 2011.

2. Crédito presupuestario.

El crédito adecuado y suficiente para la realización de este gasto se encuentra recogido en la aplicación presupuestaria 2011.005.2320.48.005 “transferencias corrientes ayuda al desarrollo” del Programa Promoción Social sobre la que se han realizado las siguientes operaciones contables definitivas:


Una vez aprobada la propuesta de resolución que se informa, a las operaciones contables de autorización y compromiso del gasto, AD, deberá adjuntarse el acuerdo de la Junta de Gobierno Local.

3. Órgano competente.

El órgano competente para la aprobación de la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de cooperación al desarrollo para el ejercicio 2011 es la Junta de Gobierno Local, por delegación del alcalde-presidente, en virtud de lo establecido en el decreto de la Alcaldía 1252/2011, sobre delegación de atribuciones del alcalde en la Junta de Gobierno Local”.

Examinado el expediente, la Junta de Gobierno Local, actuando por delegación de la Alcaldía, según resolución de la Alcaldía 1252/2011, de 11 de junio, por unanimidad, acuerda:

Primero.—Aprobar la concesión de subvenciones a los siguientes proyectos presentados por las ONG que se relacionan y por el importe que se indica, conforme a los criterios aprobados en Junta de Gobierno Local de fecha 11 de abril de 2011 y aplicado el instrumento de valoración que acompaña a la convocatoria de cooperación al desarrollo 2011:

a) Proyectos presentados por ONG, fundaciones y asociaciones originarias y con sede en este municipio, según recoge el artículo 1 de la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de cooperación al desarrollo del Ayuntamiento de Majadahonda, año 2011, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 116, de fecha 18 de mayo de 2011:


Al haber obtenido Amazonía Requena y AICODE los mismos puntos y que la reserva para financiar este turno asciende a 106.555 euros, el Consejo de Cooperación al Desarrollo, en sesión celebrada el 18 de octubre de 2011, propone que, dado que a cada una de ellas les correspondería la cantidad de 53.277,50 euros, y como Amazonía Requena ha solicitado 48.191 euros, se le subvencionaría dicha cantidad. AICODE sumaría para su proyecto la cantidad restante hasta los 106.555 euros, es decir, un total de 58.364 euros, que, como no corresponde a la cantidad total solicitada, habrá de reformular el proyecto a concurso.

b) Proyectos presentados por ONG, fundaciones y asociaciones que no son originarias de este municipio, según recoge el artículo 1 de la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de cooperación al desarrollo del Ayuntamiento de Majadahonda, año 2010, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 116, de fecha 18 de mayo de 2011:


Segundo.—Desestimar la concesión de subvenciones a los proyectos presentados por las siguientes ONG por los siguientes motivos:

— Porque, aun pudiendo ser objeto de subvención, dado que cumplen los requisitos de las bases de la convocatoria, tienen una puntuación menor que las anteriores y se ha agotado el crédito presupuestario:





— Por no alcanzar la puntuación mínima de 60 puntos para obtener subvención, como se estableció por el Consejo de Cooperación al Desarrollo en sesión celebrada el 9 de marzo de 2011:


— Por no presentar la documentación requerida:

l Asociación de Apoyo a los Niños Abandonados y al Desarrollo de la Mujer-AACA España.

Documentos no presentados:

Artículo 20.2 de la ordenanza reguladora, apartados a), c), g), h), k), m) y o); artículo 4.3.b) de la convocatoria, y artículo 4.8 de la convocatoria.

— Por presentar la solicitud fuera de plazo:

AMYCOS; Organización no Gubernamental para la Cooperación Solidaria.

— Por retirarse:

Fundación MAGDALA.

Tercero.—Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID las subvenciones concedidas, con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención, puntuación obtenida en la evaluación y lista de proyectos que, no habiendo obtenido suficiente puntuación para obtener financiación, quedan en lista de espera por riguroso orden de puntuación, de conformidad con lo previsto en el título 5 de la ordenanza reguladora de las bases de subvenciones para el Área de Cooperación al Desarrollo”.

Esta certificación se expide a la vista del borrador de acta, de conformidad con lo previsto en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, a reserva de la aprobación de dicha acta.

Y para que conste y surta los debidos efectos, expido la presente, de orden y con el visto bueno, por delegación de firma de la Alcaldía, mediante decreto de 11 de junio de 2011 del señor concejal-delegado de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos y Seguridad, en Majadahonda, a 30 de noviembre de 2011».

Majadahonda, a 14 de diciembre de 2011.—El alcalde-presidente, Narciso de Foxá Alfaro.

(03/42.841/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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