Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
02-01-2012

Sección 1.2.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120102-5

Páginas: 7


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

5
RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2011, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario “Santa Cristina” del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe de Sección de Cirugía Ortopédica y Traumatología en este centro asistencial para su cobertura mediante nombramiento provisional.

La Ley 55/2003, de 16 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” número 301, de 17 de diciembre de 2003), del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, en la disposición transitoria sexta, punto 1.c), establece que “se mantendrá vigente, con rango reglamentario y sin carácter básico, y en tanto se proceda a su modificación en cada Servicio de Salud, el Real Decreto-Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social”.

La disposición adicional decimocuarta del Real Decreto-Ley 1/1999, de 8 de enero (“Boletín Oficial del Estado” de 9 de enero), sobre selección y provisión de plazas de personal estatutario de los Servicios de Salud, establece el sistema de provisión de puestos de trabajo de Jefe de Servicio y de Sección de carácter asistencial, indicando que dichas plazas se proveerán mediante convocatoria pública.

La citada disposición establece, asimismo, que el proceso de selección estará basado en la evaluación del currículo profesional de los aspirantes y en un proyecto técnico relacionado con la gestión de la unidad asistencial.

Existiendo un puesto vacante dotado presupuestariamente y con el fin de atender a las necesidades organizativas y asistenciales, en uso de las competencias que tiene delegadas en virtud de lo establecido en el apartado primero, 1.6, de la Resolución de 17 de marzo de 2005, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la delegación de competencias en materia de gestión de personal (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de abril de 2005), esta Dirección-Gerencia

ACUERDA

Convocar la Jefatura de Sección de la especialidad de Cirugía Ortopédica y Traumatología para el Hospital Universitario “Santa Cristina”, mediante nombramiento provisional, de acuerdo con las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

Primera

Requisitos de los candidatos

1. Requisitos generales:

a) Tener la condición de personal fijo en el Sistema Nacional de Salud.

b) Tener nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de reunir alguno de los requisitos establecidos en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, referido al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

c) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, en cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

2. Requisito de titulación:

2.1. Estar en posesión del título de Licenciado o Doctor en Medicina y Cirugía y del título de Médico Especialista en Cirugía Ortopédica y Traumatología; los títulos deben de estar homologados y convalidados por el Ministerio de Educación y Ciencia.

3. Requisitos de experiencia profesional:

3.1. Haber desempeñado plaza en la especialidad de Cirugía Ortopédica y Traumatología en instituciones del Sistema Nacional de Salud o plaza en hospitales con programas acreditados para la docencia por la Comisión Nacional de la Especialidad de que se trate, o en centros extranjeros con programa reconocido para la docencia para posgraduados en la especialidad correspondiente, por un período mínimo de tres años.

A efectos del cómputo del tiempo, se sumarán los períodos de desempeño de plazas en diferentes servicios y hospitales. En el caso de que se superpongan períodos de servicios prestados, solo se computará uno de ellos.

Segunda

Procedimiento de selección

1. El procedimiento de selección constará de dos fases:

a) Valoración de los méritos relativos al historial profesional de los aspirantes; entre estos deberá valorarse la experiencia previa en funciones de la misma especialidad y los relacionados con el perfil del puesto.

b) Valoración de un proyecto técnico de gestión de la Sección de Cirugía Ortopédica y Traumatología con identidad propia, así como su interrelación con todos los demás servicios hospitalarios.

2. Los aspirantes, previa convocatoria, defenderán en sesión pública su historial profesional y proyecto técnico de gestión de la sección, pudiendo la Comisión de Selección efectuar a los aspirantes cuantas preguntas estime oportunas relativas a su historial profesional y al proyecto técnico de gestión presentado.

3. La valoración de los méritos y del proyecto técnico se realizará conforme a lo establecido en el Anexo I de la presente convocatoria.

Tercera

Solicitudes

1. La solicitud para poder participar en la presente convocatoria se adjunta a esta Resolución como Anexo II.

2. Las solicitudes se dirigirán al Director-Gerente del Hospital Universitario “Santa Cristina” y se presentarán en el plazo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3. Las solicitudes podrán presentarse en la Unidad de Registro del Hospital Universitario “Santa Cristina”, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarta

Documentación a presentar junto a la solicitud

Junto con la solicitud, los aspirantes deberán aportar, inexcusablemente, los siguientes documentos:

a) Copia compulsada del documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad del solicitante.

b) Copia compulsada del título de especialista de la plaza a concursar.

c) Certificación original acreditativa del tiempo de servicios prestados como facultativo en la especialidad que se convoca.

d) Historial profesional donde conste la trayectoria de la actividad asistencial recogida en el Anexo I.

e) Proyecto técnico de gestión de la Sección.

Quinta

Admisión de aspirantes

1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Director-Gerente aprobará, mediante Resolución que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la relación provisional de admitidos y excluidos al proceso de provisión, con indicación de la causa de exclusión.

2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de la Resolución para subsanar los defectos apreciados.

3. Una vez finalizado el plazo de subsanación, el Director-Gerente dictará Resolución, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, aprobando la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al proceso de provisión.

Sexta

Comisión de Selección

1. La composición de la Comisión de Selección se recoge en el Anexo III de esta Resolución, haciéndose pública la designación de los miembros en la Resolución que aprueba la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al proceso de provisión.

2. La Comisión de Selección es un órgano colegiado cuyo funcionamiento está regulado en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. La Comisión de Selección podrá solicitar los informes que considere necesarios en relación al historial profesional del candidato.

Séptima

Propuesta de adjudicación

Finalizado el proceso de evaluación, la Comisión de Selección hará público sus resultados y elevará al Director-Gerente la propuesta de nombramiento con carácter provisional, para el desempeño del puesto de Jefe de Sección de Cirugía Ortopédica y Traumatología.

Octava

Nombramientos y efectos de la designación

1. La Dirección-Gerencia del Hospital Universitario “Santa Cristina” dictará el correspondiente nombramiento de Jefe de Sección de Cirugía Ortopédica y Traumatología con carácter provisional, que será publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Este nombramiento tendrá una duración máxima de cuatro años, al finalizar los cuales se procederá preceptivamente a la consiguiente evaluación de las actividades realizadas en el período precitado.

2. Por razones organizativas o asistenciales debidamente motivadas, previo informe de la Junta Técnico-Asistencial, el Director-Gerente podrá revocar los nombramientos provisionales que haya expedido.

3. Si el facultativo designado está adscrito a otro centro o institución sanitaria del Servicio Madrileño de Salud se tramitará, con anterioridad a la toma de posesión, una comisión de servicio, al amparo del artículo 39.1 de la Ley 55/2003, del Estatuto Marco, al hospital.

4. Si el facultativo designado estuviera adscrito a otro Servicio de Salud o Administración Sanitaria, se precisará la conformidad expresa de la Administración de origen, quedando en la situación administrativa que proceda.

Novena

Recursos

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación, ante la Viceconsejera de Asistencia Sanitaria de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses.

Dado en Madrid, a 22 de diciembre de 2012.—La Directora-Gerente del Hospital Universitario “Santa Cristina”, Rosa Ramos Pérez.

ANEXO I

BAREMO Y CONTENIDO DE CADA UNA DE LAS FASES

Valoración: La puntuación máxima será de 100 puntos, siendo la valoración para ambas fases la siguiente:

a) Máximo de 40 puntos para la primera fase. Valoración de méritos contenidos en el currículum profesional del aspirante, según baremo.

b) Máximo de 60 puntos para el proyecto técnico de gestión de la unidad y exposición del mismo.

Formación universitaria (máximo 4 puntos):

— Grado de Doctor: 2 puntos.

— Cum Laude: 1 punto más.

— Premio extraordinario de Doctorado: 1 punto más.

Formación especializada (máximo 4 puntos):

— Facultativo especialista que hayan cumplido el período de formación completo como residente en los hospitales con programa acreditado MIR de la especialidad y estar en posesión del certificado homologado por el Ministerio de Educación y Ciencia: 4 puntos.

Formación en gestión sanitaria (máximo 3 puntos):

— Por cada curso de gestión sanitaria acreditado y homologado por centros oficiales:

l Por cada curso menor de 50 horas: 0,5 puntos.

l Por cada curso entre 50 y 120 horas (ambos incluidos): 1 punto.

l Por cada curso entre 121 horas-300 horas: 2 puntos.

l Por cada curso superior a 300 horas: 3 puntos.

Experiencia profesional (máximo 12 puntos):

— Por cada año trabajado, dentro de la Especialidad o Equipos de Dirección en centros sanitarios como:

l Jefe de Sección: 1,5 puntos.

l FEA/Médico Adjunto: 1 punto.

l Responsabilidad en Equipos de Dirección: 1 punto.

— Por participación en comisiones clínicas (máximo 3 puntos):

l Participación en comisiones clínicas hospitalarias, como miembro designado y con un mínimo de asistencia de 4 reuniones al año, valorándose como máximo la participación simultánea en dos comisiones clínicas por cada año de actividad.

l Por cada comisión/año: 0,25 puntos (máximo 0,5 puntos por año).

Actividad docente (máximo 2 puntos):

— Profesor titular: 0,3 puntos/año.

— Profesor asociado: 0,3 puntos/año.

— Tutor de residentes: 0,3 puntos/año.

— Coordinador docencia: 0,3 puntos/año.

— Coordinador sesiones clínicas hospitalarias: 0,3 puntos/año.

— Por curso de doctorado impartido: 0,3 puntos.

Actividad científica (máximo de 12 puntos):

— Por trabajos científicos y/o monográficos de investigación publicados y siempre relacionados con la especialidad de que se trata, y de acuerdo con los siguientes criterios y tabla de valoración.

Publicación en revistas (para ser valoradas las revistas deben poseer ISSN y seguir normas Vancouver).

l Revista Nacional. Original (primer autor): 0,2 puntos.

l Revista Nacional. Original (resto autor): 0,1 puntos.

l Revista Internacional. Original (primer autor): 0,3 puntos.

l Revista Internacional. Original (resto autor): 0,1 puntos.

l Capítulo de libro:

– Primer autor: 2 puntos.

– Resto autores: 1 punto.

l Libro completo (requiere depósito legal e ISBN): 3 puntos.

l Congresos, reuniones, simposium:

– Como presidente o moderador mesa: 0,2 puntos.

– Conferencias: 0,2 puntos.

– Póster Nacional (primer autor): 0,1 puntos.

– Póster Nacional (resto autores): 0,05 puntos.

– Póster Internacional (primer autor): 0,2 puntos.

– Póster Internacional (resto autores): 0,1 puntos.

– Comunicación Nacional (primer autor): 0,2 puntos.

– Comunicación Nacional (resto autores): 0,1 puntos.

– Comunicación Internacional (primer autor): 0,3 puntos.

– Comunicación Internacional (resto autores): 0,2 puntos.

– Ponencia Nacional: 0,2 puntos.

– Ponencia Internacional: 0,3 puntos.

— Por proyecto de investigación acreditado oficialmente.

l Como investigador principal: 2 puntos.

l Como colaborador: 1 punto.

— Becas de proyectos de entidad pública o privada:

l Como Investigador principal: 0,5 puntos.

l Como colaborador: 0,3 puntos.


ANEXO III

COMISIÓN DE SELECCIÓN

La Comisión de Selección estará compuesta por los siguientes miembros, que actuarán como titulares:

1. El Director Médico o persona en quien delegue, que actuará de Presidente.

2. El Jefe de Servicio de la División Asistencial, designado por la Dirección Médica.

3. Un Jefe de Servicio designado por la Junta Técnico-Asistencial, a través de su Comisión Mixta.

4. Un Facultativo del Sistema Nacional de Salud, nombrado por la Comisión Nacional de la Especialidad de Cirugía Ortopédica y Traumatología, de hospital diferente al de la Jefatura convocada.

5. Un Facultativo Especialista de Cirugía Ortopédica y Traumatología, nombrado por la Junta Técnico-Asistencial, a través de su Comisión Mixta.

Por cada miembro titular se nombrará un miembro suplente que actuará en ausencia del anterior.

(03/43.687/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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