Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
31-12-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111231-98

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

98
Demanda 104 de 2009

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 104 de 2009 y acumulados de este Juzgado de lo social número 24 de Madrid, seguido a instancias de doña Antonia Pilar Montón Cerrada, don Mateo Martínez Arija, don Teodoro Zarza Pérez, don José Julio Jiménez Hernández, don Laureo Ruiz Díez, don Héctor Daniel Ramos Morado, don José Luis Pérez Iglesias, doña María José Hernández Sánchez y don Luis Ángel Gallego Moreno, frente a la empresa “Segur Ibérica, Sociedad Anónima”, sobre, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 29 de noviembre de 2011.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que llamados varias veces por la funcionaria de auxilio judicial, siendo las nueve cuarenta y cinco horas, y no obstante estar citados en forma legal, no comparecen doña Antonia Pilar Montón Cerrada, don Mateo Martínez Arija, don Teodoro Zarza Pérez, don Héctor Daniel Ramos Morado y don Luis Ángel Gallego Moreno para asistir a los actos de conciliación y, en su caso, juicio señalados para el día de hoy, a las nueve cuarenta y cinco horas.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 29 de noviembre de 2011.

Parte dispositiva:

Dispongo: Procede tener a doña Antonia Pilar Montón Cerrada, don Mateo Martínez Arija, don Teodoro Zarza Pérez, don Héctor Daniel Ramos Morado y don Luis Ángel Gallego Moreno por desistidos del presente procedimiento.

Continuándose el procedimiento con don José Luis Pérez Iglesias, frente a “Segur Ibérica, Sociedad Anónima”.

Por devuelto el anterior correo certificado con acuse de recibo dirigido a don Héctor Daniel Ramos Morado, únase a los autos de su razón.

Asimismo, únase a los autos de su razón la anterior diligencia negativa del Servicio Común de Notificaciones y Embargos referente a la citación de don Héctor Daniel Ramos Morado.

Constando citado don Héctor Daniel Ramos Morado a través de edictos publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Notifíquese la presente resolución a don Héctor Daniel Ramos Morado a través de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Se hace saber que para la interposición de recurso de reposición contra la presente resolución será precisa la consignación en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado número 0030/1033/40/0000000000 de la entidad “Banesto”, la cantidad de 25 euros, y ello de conformidad con la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Se hace constar que con la presentación del escrito de interposición del recurso deberá acompañarse resguardo bancario acreditativo de la consignación, y en su defecto, no se admitirá a trámite.

Solo estarán exentos del pago de depósito necesario para la interposición de recursos aquellas personas a las que se les hubiera reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita (artículo 6, párrafo 5, de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Héctor Daniel Ramos Morado, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de noviembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/42.131/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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