Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
31-12-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111231-97

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

97
Ejecución 130 de 2011-M

Doña María Avilés Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 270 de 2010, ejecución número 130 de 2011, seguido a instancias de doña Nuria Rodríguez Hernández, contra la empresa “Diszulega, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado en el día de la fecha auto de extinción de la relación laboral, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

1.o Declarar extinguida la relación laboral que unía a doña Nuria Rodríguez Hernández con la parte demandada “Diszulega, Sociedad Limitada”.

2.o Sustituir la obligación de readmisión incumplida por la demandada “Diszulega, Sociedad Limitada”, por la indemnización de 2.665,80 euros.

3.o Condenar a la parte demandada “Diszulega, Sociedad Limitada”, al pago de los salarios de tramitación por importe de 4.976,16 euros (ciento sesenta y ocho días a razón de 29,62 euros/día).

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá anunciarse en el plazo de cinco días ante este mismo Juzgado.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Juan José del Águila Torres.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Diszulega, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de noviembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/42.228/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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