Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 308

Fecha del Boletín 
28-12-2011

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111228-40

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Pleno del Ayuntamiento

Secretaría General

40
Ordenanza Fiscal Gestión, Recaudación e Inspección

Acuerdo del Pleno, de 22 de diciembre de 2011, por el que se aprueba la modificación de la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 22 de diciembre de 2011, adoptó el siguiente acuerdo:

“Aprobar la modificación de la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección, que figura como Anexo del presente acuerdo, y que, una vez publicado su texto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, entrará en vigor el 1 de enero de 2012”.

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Seguidamente se procede a publicar íntegramente el texto aprobado.

ANEXO

Artículo único. Modificación de la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección.—La Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección queda modificada como sigue:

Uno. Se modifica la letra b) del apartado 3 del artículo 34, que queda redactada del siguiente modo:

“b) Las domiciliaciones de pago tendrán validez por tiempo indefinido, pudiéndose anular en cualquier momento. Asimismo, podrán trasladarse a otras entidades de depósito, poniéndolo en conocimiento de la Administración Municipal dentro del plazo a que se refiere el apartado siguiente. No obstante, en caso de devolución reiterada del recibo por la entidad financiera durante dos ejercicios consecutivos, por causas imputables al interesado, quedará sin efecto la orden de domiciliación para pagos sucesivos correspondientes al mismo titular y objeto”.

Dos. Se modifica el apartado 1 del artículo 38, que queda redactado del siguiente modo:

“Artículo 38. Solicitud.—1. Los aplazamientos y fraccionamientos se concederán por la Administración Municipal, previa solicitud de los obligados al pago. No se admitirá la solicitud respecto de las siguientes deudas:

a) Las que se encuentren en período ejecutivo en cualquier momento posterior al de la notificación del acto administrativo por el que se acuerde la enajenación de los bienes embargados.

b) Las que tengan un importe inferior a 300 euros. No obstante, en casos muy cualificados y excepcionales, en función de la capacidad de pago del obligado, que deberá acreditarse en la propia solicitud, podrán admitirse a trámite solicitudes que se refieran a deudas de importe inferior”.

Tres. El Índice Fiscal de Calles, anexo a la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección, queda modificado, por lo expresado a continuación, en cada caso, como sigue:

1. Viales que se dan de baja en el Índice Fiscal de Calles de 2012 por haber pasado en Base de Datos Ciudad (BDC) a la condición de “histórico” y no tener ninguna dirección oficial asociada.

Nombre del vial. — Código de vial en BDC

Araujo Costa (calle de). — Código de vial 119700.

Ayoluengo (calle de). — Código de vial 2319.

Canasteros (calle). — Código de vial 1926.

Cañada Real de Merinas a la avenida de la Hispanidad (acceso de la). — Código de vial 906152.

Chalaneros (calle). — Código de vial 1925.

Emilio Romeral (calle de). — Código de vial 264200.

Francisco Millas (calle de). — Código de vial 306700.

Guijarro (camino del). — Código de vial 349900.

Hayedo (calle del). — Código de vial 460700.

Isabel de las Heras (calle de). — Código de vial 377600.

Iscar (plaza de). — Código de vial 378800.

Ismael Horcajo (calle de). — Código de vial 386950.

Juan Rodríguez (calle de). — Código de vial 418125.

Julián Castrillo (calle de). — Código de vial 422100.

Julio Benito (calle de). — Código de vial 423750.

Muriel (calle de). — Código de vial 526810.

Naranjo de Bulnes (calle del). — Código de vial 528600.

Olmeda (calle de). — Código de vial 416400.

Palmeros (calle). — Código de vial 1927.

Rodríguez Zafrilla (calle de). — Código de vial 645250.

Severino Ortega (calle de). — Código de vial 711650.

Sierra de Aracena (calle de la). — Código de vial 713900.

Sierra de Priego (calle de la). — Código de vial 719300.

Urbano Rodríguez (calle de). — Código de vial 760600.

2. Viales que se han dado de alta en el Callejero Municipal después de la generación del tramero del Índice Fiscal de 2011, con la asignación de categoría fiscal que les corresponde por la zona en la que se encuentran.



3. Tramos de calle que se modifican para el Índice 2012 como consecuencia del alta de nuevas direcciones en Base de Datos Ciudad, alta de números existentes en Cartografía Municipal u otras incidencias que se detallan a continuación.





4. Viales del Índice Fiscal en los que se ha modificado su denominación en el Callejero Municipal.

Código de vial: 2859.

Anterior: 1 Sur (calle).

Actual: Alfa (calle).

Código de vial: 2860.

Anterior: 2 Sur (calle).

Actual: Bravo (calle).

Código de vial: 2865.

Anterior: 3 Norte (calle).

Actual: Charlie (calle).

Código de vial: 2867.

Anterior: 3 Sur (calle).

Actual: Delta (calle).

Código de vial: 2862.

Anterior: 4 A Sur (calle).

Actual: Foxtrot (calle).

Código de vial: 2861.

Anterior: 4 Sur (calle).

Actual: Echo (calle).

Código de vial: 2866.

Anterior: 5 Norte (calle).

Actual: India (calle).

Código de vial: 2863.

Anterior: 5 Sur (calle).

Actual: Golf (calle).

Código de vial: 2864.

Anterior: 6 Sur (calle).

Actual: Hotel (calle).

Código de vial: 31001346.

Anterior: 7 Sur (calle).

Actual: Kilo (calle).

Código de vial: 31001347.

Anterior: 8 Sur (calle).

Actual: Juliet (calle).

Código de vial: 31001348.

Anterior: 9 Sur (calle).

Actual: Mike (calle).

Código de vial: 6500.

Anterior: Aeropuerto de Barajas (complejo).

Actual: Barajas (Aeropuerto de).

Código de vial: 31000480.

Anterior: Camino del Río (calle del).

Actual: Madre Rosa Blanco (calle de la).

Código de vial: 162058.

Anterior: Cementerio de Fuencarral (complejo).

Actual: Fuencarral (cementerio de).

Código de vial: 2868.

Anterior: Centro Carga Aérea Madrid Barajas (complejo).

Actual: Carga Aérea Madrid Barajas (centro).

Código de vial: 2150.

Anterior: Centro de Transporte de Mercancías (complejo).

Actual: Transporte de Mercancías (centro de).

Código de vial: 172150.

Anterior: Ciudad Universitaria (complejo).

Actual: Universitaria (ciudad).

Código de vial: 265800.

Anterior: Encinar de los Reyes (colonia del).

Actual: El Encinar de los Reyes (colonia de).

Código de vial: 363550.

Anterior: Hipódromo de La Zarzuela (complejo).

Actual: Zarzuela (Hipódromo de la).

Código de vial: 31001953.

Anterior: Provisional Colonia Convipro (calle).

Actual: María Teresa Robledo (calle de).

Código de vial: 31001402.

Anterior: Provisional Poza de la Sal Uno (calle).

Actual: Cirilo Martínez Novillo (calle de).

Código de vial: 31002061.

Anterior: Provisional Sur del Aeropuerto de Barajas (avenida).

Actual: Sur del Aeropuerto de Barajas (avenida).

Código de vial: 1105.

Anterior: S.A.R. Don Juan de Borbón y Battemberg (glorieta de).

Actual: S.A.R. Don Juan de Borbón y Battemberg (glorieta de).

Madrid, a 22 de diciembre de 2011.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(03/43.515/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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