Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 308

Fecha del Boletín 
28-12-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111228-207

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALLADOLID NÚMERO 2

EDICTO

207
Procedimiento ordinario 842 de 2010

Don José Luis García Roig, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Valladolid.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 842 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel García Martín, contra la empresa “Lanka Inversiones España, Sociedad Anónima”, con citación del Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva dice:

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por don Miguel Ángel García Martín, contra la empresa “Lanka Inversiones España, Sociedad Anónima”, con citación del Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por cantidad, condenando a la empresa demandada a abonar al actor la suma de 3.917,78 euros, con responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial en los casos y con los límites legales.

Se previene a las partes que contra la presente sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, interponiéndose ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente de la presente notificación, según previene el artículo 189 de la Ley de Procedimiento Laboral. Si fuese la empresa la recurrente tendrá que exhibir, al tiempo de anunciar el recurso, resguardo acreditativo de haber depositado la cantidad objeto de la condena más 150,25 euros (25.000 pesetas) en “Banesto” (sucursal de la plaza San Miguel), número 6230, cuenta corriente número 0630008 y número de cuenta expediente 4627000065; 0842/10.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Lanka Inversiones España, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Valladolid, a 25 de noviembre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/42.251/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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