Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 308

Fecha del Boletín 
28-12-2011

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111228-63

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

63
Modificación reglamendo funcionamiento Servicio de Ayuda a Domicilio

Aprobada definitivamente la modificación del reglamento de funcionamiento del Servicio de Ayuda a Domicilio, una vez transcurrido el plazo de información pública y conforme a lo establecido en la Ley de Bases de Régimen Local, se procede a la publicación íntegra de la misma.

Entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

“7. Determinación del nivel familiar de ingresos, patrimonio y renta mensual per cápita.

7.3. Tabla de aplicación de la renta mensual per cápita.

Para obtener los importes que deben repercutirse a cada una de las unidades de convivencia beneficiarias se aplicarán los porcentajes que se indican en el siguiente baremo, teniendo en cuenta que el tramo de partida corresponde a la aportación de un 5 por 100 del coste total del servicio a los beneficiarios cuya renta per cápita mensual no supere el salario mínimo interprofesional anual dividido entre doce meses y entre 1,5; incrementándose los siguientes tramos en un 5 por 100 de aportación por cada 60 euros más de ingresos mensuales ponderados.”

La actualización de la tabla de aplicación para el año 2011:



Colmenar Viejo, a 5 de diciembre de 2011.—El alcalde de Colmenar Viejo, Miguel Ángel Santamaría Novoa.

(03/42.473/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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