Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
27-12-2011

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111227-300

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

300
Ejecución 299 de 2011

Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 299 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Julián García Gil, don Manuel Escudero Pedriza, don Julio Folguera Sánchez, don Francisco Javier Sánchez Díaz, don José Antonio Sánchez Brunete Álvarez, don Abdelghani Sama, don Miguel Ángel Sánchez Lamas y don Francisco Lester Coronel Guerrero, contra la empresa “Berceli, Sociedad Anónima”, sobre reclamación de cantidad, se han dictado las siguientes resoluciones:

En atención a lo dispuesto, se acuerda:

a) Despachar ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución por un principal de 48.417,16 euros, más la cantidad de 7.200 euros en concepto de intereses y costas provisionales, que corresponden:

A don Esteban Julián García Gil: 10.177,69 euros.

A Juan Manuel Escudero Pedriza: 6.399,78 euros.

A don Julio Folguera Sánchez: 5.018,07 euros.

A don Francisco Javier Sánchez Díaz: 4.220.60 euros.

A don José Antonio Sánchez Brunete: 4.220.60 euros.

A don Abdelghani Sama: 5.881,70 euros.

A don Miguel Ángel Sánchez Lamas: 6.698,56 euros.

A don Francisco Léster Coronel: 5.800,16 euros.

Total: 48.417,16 euros.

b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal, sin perjuicio de su ejecutividad).

Así por este auto lo pronunciamos, mandamos y firmamos.—Doy fe.

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a la ejecutada “Berceli, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia total por importe de 48.417,16 euros (desglosados según consta en auto despachando ejecución). Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Se hace saber que para la interposición de recurso de reposición contra la presente resolución será precisa la consignación en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado en “Banesto”, sucursal 1096, cuenta número 2850, la cantidad de 25 euros, y ello de conformidad con la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Se hace constar que con la presentación del escrito de interposición del recurso deberá acompañarse resguardo bancario acreditativo de la consignación, y en su defecto, no se admitirá a trámite.

Solo estarán exentos del pago de depósito necesario para la interposición de recursos aquellas personas a las que se les hubiera reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita (artículo 6, párrafo 5, de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Berceli, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 25 de noviembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.779/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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