Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
27-12-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111227-231

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

EDICTO

231
Demanda 900 de 2011

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria de lo social del número 17 de Madrid.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don Alex Bernardino Zamorano Mercado, contra “Construcciones y Ferralla Edusán, Sociedad Limitada”, “Terra Armada, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por ordinario, registrado con el número 900 de 2011, se ha acordado citar a “Construcciones y Ferralla Edusán, Sociedad Limitada”, “Terra Armada, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 4 de diciembre de 2012 para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 17, sito en la calle Princesa, número 3, quinta planta, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Construcciones y Ferralla Edusán, Sociedad Limitada”, “Terra Armada, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 2 de diciembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/42.009/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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