Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
23-12-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111223-199

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35

EDICTO

199
Demanda 169 de 2011

Doña María Gracia Fernández Morán, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.

Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado, a instancias de doña Australia González Núñez, contra “Tabar 97, Sociedad Limitada”, doña Helena Blasco Salvat y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por cantidad, registrado con el número 169 de 2011, se ha dictado auto de aclaración de sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Que debía aclarar y aclaraba la sentencia de 2 de noviembre de 2011 en el sentido de que la condena al pago de cantidad compete únicamente a la empresa en concurso “Tabar 97, Sociedad Limitada”.

Notifíquese esta resolución a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que en su caso se formule contra la sentencia.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, María Majarón de Tena.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tabar 97, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente.

En Madrid, a 22 de noviembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.091/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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