Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 302

Fecha del Boletín 
21-12-2011

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111221-73

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GARGANTA DE LOS MONTES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

73
Ordenanza venta ambulante

El Pleno del Ayuntamiento de Garganta de los Montes, en sesión ordinaria celebrada con fecha 17 de diciembre de 2011, acordó la aprobación inicial de las siguientes ordenanzas:

— Ordenanza reguladora de la venta ambulante.

— Ordenanza reguladora y fiscal de la utilización temporal o esporádica de edificios, locales e instalaciones municipales.

Asimismo, se acordó la aprobación inicial de la modificación de las siguientes ordenanzas:

— Ordenanza fiscal número 2, reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

— Ordenanza fiscal número 4, reguladora de la tasa por licencias urbanísticas.

— Ordenanza fiscal número 6, reguladora de la tasa por aprovechamiento de la vía pública con puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos y atracciones, industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico.

— Ordenanza fiscal número 9, reguladora de la tasa por licencias sobre apertura de establecimientos.

— Ordenanza fiscal número 10, reguladora de la tasa por expedición de documentos.

— Ordenanza fiscal número 11, reguladora del servicio de ludoteca y actividades extraescolares y socioculturales.

— Ordenanza fiscal número 12, reguladora de la tasa por servicios educativos especiales.

— Ordenanza fiscal número 13, reguladora de la tasa por utilización de la Casa Consistorial para actos de enlace matrimonial.

— Ordenanza fiscal número 14, reguladora de la tasa por ocupación de subsuelo, suelo y vuelo de la vía pública.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Garganta de los Montes, a 17 de diciembre de 2011.—El alcalde, Rafael Pastor Martín.

(03/42.762/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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