Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 301

Fecha del Boletín 
20-12-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111220-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

79
Demanda 498 de 2011

Don Miguel Ángel Aguilar Ramírez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 498 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gregorio Calvo García, contra la empresa “Paraíso Geek, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Gregorio Calvo García, frente a la empresa “Paraíso Geek 2022, Sociedad Limitada”, declaro improcedente el despido del actor.

Asimismo, declaro extinguida con fecha de esta resolución la relación laboral existente entre las partes, con la obligación de la citada empresa de abonar al actor la cantidad de 4.431,75 euros en concepto de indemnización, así como 11.382,60 euros en concepto de salarios dejados de percibir desde el día en que tuvo lugar el despido (17 de marzo de 2011) hasta la fecha de hoy.

Respecto del Fondo de Garantía Salarial, se declara su deber de estar y pasar por lo anterior, sin que haya lugar a emitir pronunciamiento alguno referido a su relación jurídico-material con la parte actora, aún no nacida, y que deberá debatirse en ulterior proceso que, en su caso, pueda suscitarse entre ellos.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Paraíso Geek, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de noviembre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/40.728/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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