Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 291

Fecha del Boletín 
08-12-2011

Sección 3.10.20D: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111208-16

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE DAGANZO

OTROS ANUNCIOS

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Baja oficio padrón municipal

De conformidad con lo establecido en la resolución conjunta de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del director general de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos, sobre la gestión y revisión del padrón municipal, sirva el presente anuncio para poner en conocimiento de:

— Expediente número 5/2011, de don Víctor Ioan Popescu, en el paseo de los Músicos, número 2, planta primera, puerta A, 28814 Daganzo (Madrid).

Que habiendo tenido conocimiento este Ayuntamiento de que usted no reside en el domicilio en el que figura inscrito en la hoja padronal, y en base a lo establecido en el artículo 72 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, le comunico que se ha procedido a incoar de oficio expediente para proceder a darle de baja en el padrón de este municipio, por no cumplir los requisitos establecidos en artículo 54 del mencionado Reglamento.

No obstante, se le concede un plazo de diez días, contados a partir del momento de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que manifieste si esta o no de acuerdo con la baja en el domicilio citado, debiendo presentar en el Ayuntamiento las alegaciones necesarias o justificaciones que estime oportunas, que acrediten que vive en este municipio, o bien, para que indique el domicilio en el que reside habitualmente.

En Daganzo, a 27 de octubre de 2011.—El alcalde (firmado).

(02/9.742/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20D: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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