Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 290

Fecha del Boletín 
07-12-2011

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111207-77

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

77
Delegación competencias

El señor alcalde-presidente, mediante decreto de Alcaldía 4249/2011, de 14 de noviembre de 2011, ha dictado la siguiente resolución, que literalmente transcrita dice:

«Decreto:

Por esta Alcaldía, mediante decreto de 13 de junio de 2011, con el número 2297, se efectuaron delegaciones de competencias en los concejales del equipo de Gobierno, todo ello en virtud de las competencias que al efecto me otorga la vigente legislación de Régimen Local, y concretamente el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, sobre las Bases de Régimen Local, y artículos 41 y 43 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En el citado decreto de 13 de junio del 2011 se efectúan delegaciones en materia de recursos humanos en el concejal-delegado don Marcos Sanz Salas, aún cuando esta Alcaldía se reserva expresamente las competencias siguientes: “Estudio, adopción y control de las medidas de seguridad y salud laboral en todas las dependencias municipales sin excepción alguna”.

Sin embargo, y por razones de agilidad y eficacia administrativa, se considera conveniente el delegar dichas competencias en el concejal-delegado de Recursos Humanos don Marcos Sanz Salas.

Por todo ello, y a la vista de las competencias que al efecto me otorga el artículo 21 de la Ley 7/1985, así como los artículos 41 y 43 del Real Decreto 2568/1986, anteriormente citados, y demás legislación de Régimen Local, y concordante, mediante el presente decreto, resuelvo:

Primero.—Delegar en el concejal-delegado de Recursos Humanos, Modernización Administrativa, Atención a la Ciudadanía, Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, y quinto teniente de alcalde, don Marcos Sanz Salas, las siguientes competencias en materia de recursos humanos: “Estudio, adopción y control de las medidas de seguridad y salud laboral en todas las dependencias municipales sin excepción alguna”.

Segundo.—Disponer que todas las propuestas, así como en los actos o resoluciones que surtiendo efectos frente a terceros sean firmadas por el señor concejal-delegado hagan expresa mención al presente decreto de delegaciones debiendo reseñar debajo del cargo, el número de este decreto y su fecha, en el siguiente sentido: “El/la concejal/a-delegado/a de .............................. PD 4249/2011, de 14 de noviembre”, por lo que en las notificaciones de aquellos se ofrecerá a los interesados el régimen de recursos que resulte procedente, toda vez que dichos actos o resoluciones ponen fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 210.b) del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Tercero.—Esta Alcaldía, en cualquier momento y sin otra justificación que la invocación de este decreto, puede avocar para sí el conocimiento y resolución de cualquiera de las delegaciones contempladas en el mismo.

Cuarto.—Notificar íntegramente esta resolución al señor concejal-delegado de Recursos Humanos, entendiendo aceptadas las delegaciones conferidas si, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.1 del Real Decreto 2568/1986, no mostrasen disconformidad con aquellas en el plazo de los tres días hábiles siguientes a la recepción de la notificación.

Quinto.—Disponer la publicación del presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en los tablones de anuncios municipales, una vez transcurrido el anterior plazo, dando cuenta del mismo al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.»

Rivas-Vaciamadrid, a 17 de noviembre de 2011.—El alcalde-presidente, José Masa Díaz.

(03/39.633/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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