Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 287

Fecha del Boletín 
03-12-2011

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111203-18

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

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Expedientes responsabilidad patrimonial

EDICTO NÚMERO 7/2011. EXPEDIENTES DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL

Resolución de 25 de octubre de 2011, de la secretaria general técnica del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, por la que se dispone la inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de edicto relativo a notificaciones no practicadas tras dos intentos.

Habiendo sido intentada en dos ocasiones la notificación individual de requerimiento para comparecencia como testigos en procedimientos de responsabilidad patrimonial a las personas que se expresan a continuación, sin que haya sido posible practicarla, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su publicación mediante edicto:

Interesado. — Número de expediente

A. M. T. (DNI 2087868-C). — 132/2010/01273.

I. P. L. (1391770-V). — 132/2010/02921.

J. G. G. R. (DNI 5026934-Q). — 132/2010/02921.

Se concede un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la fecha de publicación del presente edicto, para que las personas citadas como testigos comparezcan en las dependencias municipales del Servicio de Relaciones Institucionales y Reclamaciones Patrimoniales de la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad (calle Mejía Lequerica, número 10, segunda planta, 28004 Madrid), en horario de nueve a catorce, de lunes a viernes, al objeto de realizar la práctica de la prueba testifical. Transcurrido dicho plazo sin que se haya producido dicha comparecencia, se les tendrá por decaídas en el trámite, continuándose las actuaciones, según lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público para conocimiento de los citados.

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “Responsabilidad patrimonial” (AOEP), cuya finalidad es resolver reclamaciones de responsabilidad patrimonial por daños derivados del funcionamiento de los servicios públicos municipales relacionados con actuaciones en vías y espacios públicos y protección del medio ambiente e informar a los interesados sobre la tramitación de sus solicitudes, y podrán ser cedidos de conformidad con la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

La información necesaria para contactar con el reclamante o su representante, y que conste en los documentos aportados por aquellos al expediente administrativo, podrá ser facilitada a otros terceros a quienes se reconozca la condición de interesados en el procedimiento a los efectos de una eventual indemnización, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 37.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El órgano responsable del fichero es la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, ante la que los interesados podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Madrid, a 25 de octubre de 2011.—La secretaria general técnica del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, Adoración Muñoz Merchante.

(02/9.378/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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