Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285

Fecha del Boletín 
01-12-2011

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111201-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

URBANISMO

51
Notificación resolución

Al haber sido intentada y no haberse podido practicar la notificación de la resolución de la Concejalía de Urbanismo de fecha 31 de mayo de 2011 a “Alarife Gumiel, Sociedad Limitada”, relativa a la orden de ejecución de reparación de la presentación del proyecto de reedificación en la calle Pedro Gumiel, número 3, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que dice literalmente lo que sigue:

Dada cuenta a mi autoridad de que por resolución de la Concejalía de Urbanismo de fecha 1 de diciembre de 2009 se iniciaba a “Alarife Gumiel, Sociedad Limitada”, expediente de orden de ejecución de la presentación del proyecto de reedificación en la calle Pedro Gumiel, número 3.

Teniendo en cuenta que no han sido presentadas alegaciones a la iniciación del expediente, y el informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales en el que se pone de manifiesto que no se ha presentado el proyecto de reedificación, vengo en decretar:

Primero.—Requerir a “Alarife Gumiel, Sociedad Limitada”, para que proceda en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la presente resolución, a presentar el proyecto de reedificación de la calle Pedro Gumiel, número 3. Con apercibimiento de que de no hacerlo así el Ayuntamiento lo podrá realizar, a costa de la obligada, a través del procedimiento de ejecución subsidiaria previsto en el artículo 98 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ateniéndose la obligada a las responsabilidades, daños y perjuicios a que hubiere lugar.

Segundo.—Notificar la presente resolución a la interesada, con la prevención de los recursos que le asisten.

Frente a la resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición potestativo, ante esta Corporación (Junta de Gobierno Local), en el plazo de un mes siguiente al de la fecha de recibo de la presente notificación. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución (artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por el artículo 1 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior, y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Caso de interponer recurso de reposición potestativo, este se entenderá desestimado de no ser resuelto expresamente por esta Corporación en el plazo de un mes, quedando expedita la vía contencioso-administrativa ante el Juzgado citado por el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente a aquel que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el silencio administrativo. Si dicho recurso de reposición fuera expresamente resuelto por la Corporación, el plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo será de dos meses contados a partir del día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición (artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por el artículo primero de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior, y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Lo que comunico para su debido conocimiento y efectos oportunos.

Alcalá de Henares, a 4 de noviembre de 2011.—El titular del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local (firmado).

(02/9.824/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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