Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
29-11-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111129-112

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

112
Demanda 1.149 de 2010

Doña María Avilés Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.149 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen García García, contra Fondo de Garantía Salarial y “Ashford Systems, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia del tenor literal siguiente:

Sentencia número 347 de 2011

En Madrid, a 20 de julio de 2011.—Don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre indemnización derivada de despido-cantidad, entre partes: de una, y como demandante, doña María del Carmen García García, que comparece asistida de la señora letrada doña Silvia González Pozo, y de otra, como demandados, Fondo de Garantía Salarial, que no comparece, y “Ashford Systems, Sociedad Limitada”, que no comparece, ha dictado la siguiente sentencia.

Fallo

Que debía estimar la demanda interpuesta por doña María del Carmen García García, en concepto de reclamación de cantidad, contra la empresa “Ashford Systems, Sociedad Limitada”, condenando a la entidad demandada al pago de la cantidad de 10.731 euros en concepto de principal reclamado, más 1.073,10 euros en concepto de interés por mora, absolviendo al Fondo de Garantía Salarial de dicha pretensión, advirtiéndole de sus posibles responsabilidades en los supuestos legalmente previstos.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2519, clave 65, en la entidad “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid, sucursal 1143 (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña María del Carmen García García, Fondo de Garantía Salarial y “Ashford Systems, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de octubre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.450/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111129-112