Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
22-11-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111122-221

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE PAMPLONA NÚMERO 1

EDICTO DE NOTIFICACIÓN

221
Ejecución 45 de 2011

Doña Rosa María Valencia Ederra, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Pamplona.

Hago saber: Que en el procedimiento número 45 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Campo Marzo y don Antonio Becerra González, contra la empresa “C 7 Seguridad, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

Parte dispositiva:

Se aprueba la tasación de costas practicada por la suma de 7,08 euros, a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Pónganse a disposición las cantidades resultantes de la tasación practicada, transfiriéndose a la cuenta del Registro de Bienes Muebles de Madrid la cantidad de 7,08 euros, quedando el comprobante unido al expediente.

Y existiendo sobrante, se acuerda transferir a la cuenta del Juzgado número 3 de Navarra, y a favor de la ejecución número 63 de 2011 que se tramita en ese Juzgado, la cantidad de 4.745,38 euros, quedando el comprobante unido al expediente.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber que contra la misma pueden interponer recurso de revisión ante el magistrado-juez que despacho la ejecución en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente resolución.

De conformidad con lo establecido en la disposición adiciona decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, se acompañará, en el momento de la interposición, justificante de haber ingresado 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, abierta en la entidad “Banesto”, indicando el número y año, especificando en el campo “concepto” del documento “Recurso 31”. En caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria habrá de efectuarse en el número de cuenta 0030/1846/42/0005001274, indicando el mismo número y año de expediente y, a continuación y separado por un espacio, el código indicado (“Recurso 31”).

Este depósito será exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social. El Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos públicos dependientes de todos ellos, así como los litigantes que tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita al amparo de lo previsto en el artículo 6.5 de la Ley Ley 1/1996, de 10 de enero, quedarán exentos de constituir el depósito referido.

Y lo anterior, con apercibimiento de que no se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Así lo acuerdo y firmo.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando una copia de la resolución en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo las resoluciones que revistan forma de auto o sentencia, se trate de emplazamiento o pongan fin al procedimiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “C 7 Seguridad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Pamplona, a 20 de octubre de 2011.—La secretaria judicial, Rosa María Valencia Ederra.

(03/37.312/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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