Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
12-11-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111112-199

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 1

EDICTO

199
Autos 876 de 2010

Don Francisco Javier Sanz Rodero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento de oficio autoridad laboral número 876 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Toledo, contra doña Luz Mabel Ospina Giraldo, doña Diana Patricia Sabogal Gallego, don Luz Idaia Lara Mora, doña Gloria Rodríguez Cáceres, “Santiper Night, Sociedad Limitada”, doña Angélica María Rosales Intrigao, doña Ovidia Alcántara Mateo, doña Mirta Elizabeth Domínguez de Rojas y doña Claudia Saldívar Duarte, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Estimando la demanda de oficio formulada por la Inspección Provincial de Trabajo y de la Seguridad Social, declaro la existencia de una relación laboral por cuenta ajena entre la empresa demandada “Santiper Night, Sociedad Limitada”, y las trabajadoras doña María Angélica Rosales Intrigao, doña Ovidia Alcántara Mateo, doña Mirta Elizabeth Domínguez de Rojas, doña Claudia Josefina Saldívar Duarte, doña Luz Mabel Ospina Giraldo, doña Diana Patricia Sabogal Gallego, doña Luz Idaia Lara Mora y doña Gloria Rodríguez Cáceres.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o de su representante dentro del plazo indicado.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña Luz Mabel Ospina Giraldo, doña Diana Patricia Sabogal Gallego, doña Luz Idaia Lara Mora, doña Gloria Rodríguez Cáceres, doña Noelia I. Cano Martínez, “Santiper Night, Sociedad Limitada”, doña Angélica María Rosales Intrigao, doña Ovidia Alcántara Mateo, doña Mirta Elizabeth Domínguez de Rojas y doña Claudia Saldívar Duarte, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 10 de agosto de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/35.377/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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