Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
12-11-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111112-192

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE AVILÉS NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

192
Ejecución 211 de 2011

Doña María Dolores Cepeda Galicia, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Avilés.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 211 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Dolores Mora Vázquez y doña Marta González Artime, contra la empresa “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado decreto de fecha 13 de octubre de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda: Declarar a la ejecutada “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 7.280,52 euros en concepto de principal, 304,47 euros de intereses de demora y 1.137,75 euros presupuestados para intereses y costas. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). La parte recurrente deberá consignar en concepto de depósito la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” número 3269/0000/31/0211/11 de este Juzgado de lo social en la entidad de crédito “Banesto”, oficina principal de Avilés, debiendo acreditar la consignación al tiempo de interponer el recurso.

Están exentos de esta obligación los trabajadores y beneficiarios del régimen público de la Seguridad Social.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Avilés, a 13 de octubre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.372/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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