Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 260

Fecha del Boletín 
02-11-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111102-169

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

169
Demanda 1.599 de 2010

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.599 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Orgaz Pasamontes, contra la empresa “Prosegur Transporte de Valores, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 29 de septiembre de 2011.

Lo extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que siendo las once y diecisiete horas, llamado por el agente judicial, y no obstante estar citado en forma legal, no comparece el actor don José Luis Orgaz Pasamontes para asistir a los actos de conciliación y, en su caso, juicio señalados para este día de hoy, a las diez horas.—Doy fe.

Asimismo, se hace constar que comparece el letrado don Felipe Antonio Rubio González, con número de colegiado 89.193, en representación de la demandada “Prosegur Transporte de Valores, Sociedad Anónima”, siendo las once y diecisiete horas del día de hoy.

Decreto

En Madrid, a 29 de septiembre de 2011.

Parte dispositiva:

Se tiene por desistido a don José Luis Orgaz Pasamontes de su demanda, y una vez firme esta resolución, archívese.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado [2805/0000/30/número de procedimiento(cuatro dígitos) y año(dos dígitos)], acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).

Así por este decreto lo mando y firmo. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don José Luis Orgaz Pasamontes, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de septiembre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/34.214/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111102-169