Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
31-10-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111031-158

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

158
Demanda 744 de 2011

Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 744 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Marian Serbanescu, don Jean Víctor Codreanu, doña Nelu Serbanescu, don Dumitru Gabriel Falamas y don Georgel Radu, contra la empresa “Grupo Abbau Envolventes, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por don Dumitru Gabriel Falamas, don Georgel Radu, doña Nelu Serbanescu, don Jean Víctor Codreanu y don Marian Serbanescu, debo condenar y condeno a “Grupo Abbau Envolventes, Sociedad Limitada”, y a doña Ana María García Mochaes, en calidad de administradora concursal, a abonar a la parte actora la cuantía de 5.090,04 euros brutos a don Dumitru Gabriel Falamas, 4.492,09 euros brutos a don Georgel Radu, 4.772,56 euros brutos a doña Nelu Serbanescu, 3.330,32 euros brutos a don Jean Víctor Codreanu y 4.411,64 euros brutos a don Marian Serbanescu, en concepto de salario, así como el 10 por 100 en concepto de mora, y que debo absolver y absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo Abbau Envolventes, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de septiembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.022/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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