Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 257

Fecha del Boletín 
29-10-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111029-121

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

121
Ejecución 169 de 2010

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.716 de 2009, ejecución número 169 de 2010-JG de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Julio Arribas Izquierdo, contra las empresas “Trável Bus, Sociedad Anónima”, y “Trap, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 1 de septiembre de 2011.

La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que se procede a unir a los autos de su razón el anterior despacho remitido por la Oficina de Averiguación Patrimonial que dependía de la Delegación del Decanato de esta sede judicial.

Asimismo, se hace constar que tuvo entrada en este juzgado el anterior escrito presentado por la parte actora comunicando que le resta por percibir la cantidad de 40.000 euros, solicitando se adopten las medidas oportunas tendentes a hacer efectivo dicho crédito. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don David Atienza Marcos.—En Madrid, a 1 de septiembre de 2011.

El anterior escrito presentado por la parte actora comunicando que le resta por percibir la cantidad de 40.000 euros, solicitando se adopten las medidas oportunas tendentes a hacer efectivo dicho crédito, únase a los autos de su razón. Se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el mismo y, a la vista del contenido del despacho remitido por la Oficina de Averiguación Patrimonial que dependía de la Delegación del Decanato de esta sede judicial, se acuerda el embargo de los saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos, así como de cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada, en los que las correspondientes entidades financieras actuarán como depositarias o meras intermediarias, hasta cubrir el importe del principal adeudado e intereses y costas calculados. Líbrese las oportunas comunicaciones a las entidades financieras “Banco de Valencia”, “Caixanova”, “Banesto”, “Banco Popular” y “Caja de Madrid”, para la retención y transferencia de los saldos resultantes hasta el límite de la cantidad objeto de apremio, y advirtiéndoles de las responsabilidades penales en que pueden incurrir quienes realicen cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o impida la eficacia de un embargo, (artículo 257.1.2 del Código Penal) e indicándosele que debe contestar al requerimiento en el plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde su notificación, bajo los apercibimientos derivados de lo establecido en los artículos 75 y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado (2805/0000/30/número de procedimiento (cuatro dígitos) y año (dos dígitos), acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).

Así lo acuerdo y firmo, doy fe.—El secretario judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Trável Bus, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de octubre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/34.448/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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