Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 255

Fecha del Boletín 
27-10-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111027-49

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

49
Demanda 786 de 2011

Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 786 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Manuel Zaera Ludeña, don Rafael Ferrero Martínez y don Plácido Bolaños Serrano, contra la empresa “Alsace Sistemas Antihurto, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 337 de 2011

En Madrid, a 19 de julio de 2011.—Doña María Luisa Segura Rodríguez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 10 de Madrid, habiendo visto los presentes autos seguidos por despido, entre partes: de una, y como demandantes, don Ángel Manuel Zaera Ludeña, don Rafael Ferrero Martínez y don Plácido Bolaños Serrano, asistidos del letrado don José Luis Martínez de Castro, con número de colegiado 54.346, y de otra, como demandados, “Alsace Sistemas Antihurto, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecieron pese a estar citados en legal forma, en nombre del Rey ha pronunciado la siguiente sentencia:

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por don Ángel Manuel Zaera Ludeña, don Rafael Ferrero Martínez y don Plácido Bolaños Serrano, frente a la empresa “Alsace Sistemas Antihurto, Sociedad Limitada”, declaro la improcedencia de los despidos efectuados con efectos de fecha 31 de enero de 2011, y estando la empresa cerrada y sin actividad, declaro extinguidas las relaciones laborales existentes entre las partes con efectos desde la fecha de la presente sentencia y, por tanto, condeno a la empresa demandada “Alsace Sistemas Antihurto, Sociedad Limitada”, a abonar a los demandantes las siguientes cantidades en concepto de indemnización y de salarios de tramitación, respectivamente, devengados desde la fecha del despido hasta la actualidad:

A don Ángel Manuel Zaera Ludeña: 25.341 euros y 6.074,70 euros.

A don Rafael Ferrero Martínez: 19.408,41 euros y 10.412,76 euros.

A don Plácido Bolaños Serrano: 24.154 euros y 7.068,52 euros.

Respecto del Fondo de Garantía Salarial, no se efectúa manifestación alguna sin perjuicio de sus responsabilidades y con las limitaciones del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, siendo indispensable que el recurrente, si fuera la empresa demandada, consigne la cantidad de la condena más salarios de tramitación hasta la notificación de la sentencia en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid, código entidad 0030, código oficina 1143, código de cuenta 2508, bajo el título de “Juzgado de lo social número 10”, número de procedimiento 786/11, debiendo presentar, junto con el escrito de anuncio el recurso, el resguardo de dicha consignación o aval bancario en el que conste la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo, deberá depositar 150,25 euros al tiempo de la formalización del recurso en la cuenta corriente número 0030/1143/2508 del mismo banco, con el título de “Recurso de suplicación”, debiendo presentar dicho resguardo en este Juzgado con el escrito de formalización.

Así por esta mi sentencia, que se unirá por su orden al libro de sentencia de este Juzgado de lo social, llevándose certificación de la misma a los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Alsace Sistemas Antihurto, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de septiembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.566/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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