Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
25-10-2011

Sección 1.2.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111025-3

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

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RESOLUCIÓN de 29 de septiembre de 2011, por la que se resuelve el proceso selectivo de promoción profesional específica para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría de Técnico Especialista II, especialidad Emisorista (Grupo III, Nivel 5, Área B).

Mediante Orden de 19 de junio de 2008, de la entonces Consejería de Justicia y Administraciones Públicas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de junio), se convocaron las pruebas selectivas de promoción profesional específica para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría de Técnico Especialista II, Especialidad Emisorista (Grupo III, Nivel 5, Área B).

Una vez concluido el proceso selectivo previsto en la citada Orden, y en cumplimiento de lo dispuesto en las bases de convocatoria y demás normativa de aplicación, esta Dirección General

HA RESUELTO

Primero

Declarar, a propuesta del Tribunal Calificador del mencionado proceso selectivo, que han superado el mismo los aspirantes incluidos en la relación que se incorpora como Anexo de esta Resolución.

Segundo

De conformidad con lo establecido en la base décima de la Orden de convocatoria, los aspirantes seleccionados dispondrán de un plazo de veinte días naturales, a contar a partir del siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para aportar ante la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Presidencia y Justicia (calle Miguel Ángel, número 28), la documentación descrita a continuación:

A) Fotocopia debidamente compulsada del documento nacional de identidad o, en caso de no ostentar la nacionalidad española, documento que acredite las condiciones de edad y nacionalidad a las que se alude en los artículos 56 y 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (“Boletín Oficial del Estado” de 13 de abril).

B) En el caso de aquellos aspirantes que en su instancia hubieran declarado poseer la titulación académica exigida en el Anexo I de la convocatoria, fotocopia de la citada titulación o certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición de dichos títulos, documentos ambos que habrán de estar debidamente compulsados. En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la documentación acreditativa de la homologación o convalidación correspondiente.

En el caso de aquellos aspirantes que en su instancia hubieran declarado poseer la experiencia profesional sustitutoria de la titulación, prevista en el referido Anexo I, la Administración realizará, de oficio, la comprobación pertinente.

C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de las funciones públicas conforme a lo dispuesto en el artículo 56.1.d) de la citada Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso de ser nacional de otro Estado, además de la declaración anteriormente indicada, declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado, o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Con objeto de cumplimentar dicha declaración jurada o promesa, se facilitará por la Dirección General de Función Pública un modelo a tal efecto.

D) Petición de destinos conforme al número de orden obtenido en el proceso selectivo.

En virtud de lo dispuesto en la base undécima de la Orden de convocatoria, los aspirantes aprobados, en el mismo plazo señalado en este apartado segundo, deberán personarse ante la Dirección General de Función Pública a fin de que les sea facilitada la relación de puestos de trabajo ofertados, en la que figurarán determinadas características de los mismos, así como el modelo de solicitud de destinos a cumplimentar.

A efectos de completar la información de los puestos ofertados, la Subdirección General de Personal de la Consejería correspondiente procederá, a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a la exposición en sus tablones de anuncios, de los datos relativos al turno y domicilio en el que están ubicados los referidos puestos, así como de cualquier otra información que pudiera considerarse oportuna.

Tercero

Contra la presente Resolución, los interesados podrán interponer reclamación previa a la vía judicial laboral ante la Consejería de Presidencia y Justicia, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 53.7 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Dado en Madrid, a 29 de septiembre de 2011.—El Director General de Función Pública, Miguel Ángel López González.



(03/35.340/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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