Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
25-10-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111025-153

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

153
Ejecución 114 de 2011

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecución número 114 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña Natalia Kechkina, contra la empresa “Tredy Meals, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente auto de 21 de septiembre de 2011, del tenor literal siguiente:

Decreto

Secretario judicial doña María José González Huergo.—En Madrid, a 21 de septiembre de 2011.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

El embargo de los bienes de la ejecutada, “Trendy Meals, Sociedad Limitada”, en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, que asciende a 1.760 euros de principal, mas 105,60 euros y 176 euros calculados para intereses y costas provisionales.

Realizar consulta sobre bienes y derechos de la parte ejecutada a través de los servicios telemáticos del Punto Neutro Judicial y, visto el resultado, que se une a los autos, acuerdo:

— El embargo de los saldos favorables y depósitos existentes en las cuentas bancarias abiertas en entidades financieras a nombre de la ejecutada, librándose a tal fin los correspondientes oficios a “La Caixa”, “Banco de Valencia”, “Banco de Santander” y “Caja de Ahorros de Galicia”.

— El embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Agencia Tributaria a la parte ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la cuenta de este Juzgado.

— Librar mandamiento al Registro de la Propiedad número 27 de Madrid, para que informe a este Juzgado sobre las fincas que consten como titularidad de la ejecutada así como para que remita a este Juzgado certificación sobre cargas y demás datos que pudieran permitir el posterior embargo de las mismas.

— Unir a los autos la investigación negativa obtenida referida al catastro y a la Dirección General de Trabajo, y póngase en conocimiento de la parte ejecutante, a los oportunos efectos.

Asimismo y encontrándose en paradero desconocido la ejecutada “Trendy Meal, Sociedad Limitada”, publíquese por edictos las resoluciones acordadas, haciéndole saber que las siguientes notificaciones se harán en el tablón de anuncios del Juzgado, excepto cuando se trate de autos o emplazamiento.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículo 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta 2523 del “Banesto”, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código 31 Social-revisión. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación recurso seguida del código 31 Social-revisión. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.—La secretaria judicial (firmado).

Auto

Magistrado-juez don Ángel Luis del Olmo Torres.—En Madrid, a 21 de septiembre de 2011.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución sentencia de fecha 26 de abril de 2011 a favor de la parte ejecutante, doña Natalia Kechkina, frente a “Trendy Meals, Sociedad Limitada”, por un principal de 1.760 euros, más 105,60 euros y 176 euros calculados para intereses y costas provisionales.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.—El magistrado juez (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Trendy Meals, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de septiembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.324/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111025-153