Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
25-10-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111025-134

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

134
Ejecución 174 de 2010

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 174 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Justa Roca Buelecope, contra la empresa “Iniciativa para la Gestión de Negocios, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo: aprobar la liquidación de intereses y/o tasación de costas practicadas por importe de 184,85 euros, a cuyo pago resulta condenada “Iniciativa para la Gestión de Negocios, Sociedad Limitada”, en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición de la actora doña Justa Roca Buelecope la cantidad de 31,45 euros en concepto de intereses y del letrado don Andrés López Rodríguez la cantidad de 128,55 euros en concepto de parte de minuta, expídanse los mandamientos de pago oportunos que podrán ser retirados en la Secretaría de este Juzgado cualquier miércoles de cada mes, en horario de diez a catorce.

Requiérase al demandado para que en el plazo de cinco días proceda a abonar en la cuenta número 2514 de este Juzgado abierta en el “Banesto”, agencia sita en la calle Princesa, número 3, Madrid, la cantidad de 24,85 euros, en concepto de resto de costas con apercibimiento que en el caso de no hacerlo se procederá por la vía de apremio, sin necesidad de previo requerimiento personal.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberán hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la 2514 de Banesto, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distintas clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidad Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.—La secretaria judicial.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Iniciativa para la Gestión de Negocios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de septiembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.091/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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