Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
25-10-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111025-84

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85

EDICTO

84
Procedimiento 928 de 2010

Doña Zulema Sepúlveda García, secretaria del Juzgado de primera instancia número 85 de Madrid.

Hace saber: Que en este tribunal se tramita procedimiento de divorcio contencioso número 928 de 2010, a instancias de don José García García, frente a doña Josefa Vicens Figuerola, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor siguiente:

En Madrid, a 23 de septiembre de 2011.—Doña María Serantes Gómez, magistrada-juez de primera instancia del número 85 de los de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de divorcio contencioso número 928 de 2010, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante, don José García García, representado por la procuradora doña María Teresa Vidal Bodi y asistido del letrado don Luis Miguel Nieto Huete, y de otra, como demandada, doña Josefa Vicens Figuerola, declarada en situación de rebeldía procesal; y...

Que estimando la demanda presentada por doña María Teresa Vidal Bodi, en nombre y representación de don José García García, frente a doña Josefa Vicens Figuerola, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la disolución, por divorcio, del matrimonio formado por los cónyuges don José García García y doña Josefa Vicens Figuerola, celebrado el día 24 de diciembre de 1963 en Madrid, con los efectos legales inherentes a tal situación.

Firme que sea esta resolución, líbrese oficio exhortatorio al encargado del Registro Civil, al que se acompañará testimonio de ella, a fin de que proceda a anotar su parte dispositiva en la correspondiente inscripción del matrimonio; y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el libro de sentencias.

A la vista de la rebeldía de la demandada, notifíquesele la sentencia en la forma prevista en el artículo 500 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial de Madrid, que deberá interponerse ante este tribunal en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presente, y que si presentaran escrito anunciando su intención de interponer recurso de apelación, deberán acreditar, al tiempo de su anuncio, haber depositado el importe de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en “Banesto”, al número de cuenta 3459/0000/00/0928/10, como requisito de procedibilidad.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación a la demandada rebelde doña Josefa Vicens Figuerola, en paradero desconocido, expido el presente en Madrid, a 28 de septiembre de 2011.—La secretaria (firmado).

(03/34.195/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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