Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
25-10-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111025-83

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 51

EDICTO

83
Procedimiento ordinario 36 de 2009

En el presente procedimiento ordinario número 36 de 2009-C, seguido a instancias de doña Rocío Sesmero Neira y don Daniel Rosales Moreno, frente a “Hagia Tríada, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia el 16 de febrero de 2011, aclarada por auto de 7 de junio de 2011, cuyos encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 36 de 2011

En Madrid, a 16 de febrero de 2011.—Vistos por doña H. Almudena Maricalva Arranz, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 51 de Madrid, los presentes autos de procedimiento ordinario número 36 de 2009-C, seguidos ante este Juzgado a instancias de doña Rocío Sesmero Neira y de don Daniel Rosales Moreno, representados por la procuradora doña María Cristina Méndez Rocasolano, con la asistencia letrada de don Óscar Luis Alcázar Fernández, y de otra, como demandada, “Hagia Tríada, Sociedad Limitada”, sin profesional asignado, he dictado la presente resolución con base en el siguiente

Fallo

Estimando parcialmente la demanda formulada por la procuradora señora Méndez Rocasolano, en representación de doña Rocío Sesmero Neira y don Daniel Rosales Moreno, contra la mercantil “Hagia Tríada, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la resolución del contrato de compraventa de fecha 20 de enero de 2006 de la vivienda tipo E-7 en Brea de Tajo (Madrid), suscrito entre las partes, por causa de incumplimiento de la mercantil “Duralvi 2010, Sociedad Anónima”, condenando a la demandada a la devolución de la cantidad entregada de 44.000 euros, más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de presentación de la demanda, y todo ello sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas procesales causadas.

Auto

Magistrada-juez de primera instancia, doña H. Almudena Maricalva Arranz.—En Madrid, a 7 de junio de 2011.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Estimar la petición formulada por la procuradora doña Cristina Méndez Rocasolano, en nombre y representación de doña Rocío Sesmero Neira y de don Daniel Rosales Moreno, de aclarar la sentencia, dictada en el presente procedimiento el 16 de febrero de 2011, en el sentido que se indica en el fallo de la sentencia:

«…por causa de incumplimiento de la mercantil “Hagia Tríada, Sociedad Limitada”, condenando a la demandada a la devolución…»

Y encontrándose dicha demandada “Hagia Tríada, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

Madrid, a 12 de septiembre de 2011.—La secretaria (firmado).

(02/8.449/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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