Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
25-10-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111025-100

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

100
Ejecución 25 de 2011

Don Miguel Ángel Aguilar Ramírez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 25 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Constantín Erhan, don Javier Martín Márquez y don Pablo Montero Marugán, contra la empresa “Montajes S. Donoso, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución de fecha 14 de septiembre de 2011, cuya parte dispositiva es:

Poner en conocimiento de la parte actora y el Fondo de Garantía Salarial que por la entidad financiera se comunica la no existencia de saldo susceptible de ser embargado a la ejecutada, y quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 20.516 euros de principal y 1.230,96 euros de intereses y costas sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada, procédase a resolver sobre la insolvencia y, antes de ello, conforme lo previsto en el artículo 274.1 de la Ley de Procedimiento Laboral a dar audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en el término de diez días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando en tal caso bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.

Siendo imposible la práctica de notificaciones con la empresa ejecutada “Montajes S. Donoso, Sociedad Limitada”, realícese la comunicación insertando un extracto suficiente de la resolución o de la cédula en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Notifíquese a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley de Procedimiento Laboral; doy fe.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición.

Así lo mando y firmo.—El secretario judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Montajes S. Donoso, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de septiembre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Miguel Ángel Aguilar Ramírez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 25 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Constantín Erhan, don Javier Martín Márquez y don Pablo Montero Marugán, contra la empresa “Montajes S. Donoso, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución de fecha 7 de marzo de 2011, cuya parte dispositiva es:

Dispongo: despachar orden general de ejecución de lo convenido en acta de conciliación, a favor de la parte ejecutante, don Javier Martín Márquez, don Constantín Erhan y don Pablo Montero Marugán, frente a “Montajes S. Donoso, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 3.616 euros de principal, más 216,96 euros de intereses provisionales y 361,60 euros de costas provisionales, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.—El magistrado-juez (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Montajes S. Donoso, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de septiembre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/33.252/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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