Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
25-10-2011

Sección 1.3.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111025-15

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

15
ORDEN 3793/2011, de 26 de septiembre, por la que se autoriza la implantación de titulaciones oficiales de Grado en las Universidades de la Comunidad de Madrid.

El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. En su artículo 3.3 señala que tales enseñanzas se concretarán en planes de estudios que serán elaborados por las Universidades, verificados por el Consejo de Universidades y autorizados en su implantación por la correspondiente Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril.

Asimismo, la disposición adicional primera del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, establece que la implantación por las Universidades de los planes de estudios conducentes a la obtención de los títulos de Grado podrá realizarse de manera simultánea, para uno o varios cursos, o progresiva, de acuerdo con la temporalidad prevista.

De conformidad con dichos artículos, las Universidades de la Comunidad de Madrid han remitido las propuestas de implantación de nuevas enseñanzas oficiales de Grado para el curso 2011-2012, que a fecha 31 de julio han obtenido una resolución de verificación favorable y que esta Comunidad de Madrid procede a autorizar mediante la presente Orden, tal y como se acordó en la reunión del Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid de 28 de abril.

Asimismo, las Universidades de Alcalá, Alfonso X el Sabio, Camilo José Cela y Politécnica de Madrid solicitan la autorización de la implantación simultánea de titulaciones oficiales de Grado que fueron autorizadas curso a curso mediante Orden de esta Consejería. Con esta propuesta se intenta satisfacer la demanda de alumnos que actualmente cursan enseñanzas anteriores a la reforma introducida por el Real Decreto 1393/2007 y desean acceder a los nuevos Grados que las sustituyen.

En su virtud, de conformidad con las atribuciones que me confiere el ordenamiento vigente,

DISPONGO

Primero

Autorizar la implantación en las Universidades de la Comunidad de Madrid, a partir del curso académico 2011-2012, de las titulaciones oficiales de Grado que se relacionan en el Anexo I, una vez cumplido el trámite de verificación establecido en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, de acuerdo con el calendario de implantación que se especifica en cada caso.

Segundo

Autorizar en las Universidades de Alcalá, Alfonso X el Sabio, Camilo José Cela y Politécnica de Madrid la implantación simultánea de las titulaciones oficiales de Grado que fueron autorizadas curso a curso, según el calendario de implantación que se especifica en el Anexo II.

Tercero

Autorizar en la Universidad Antonio de Nebrija la implantación simultánea de los cuatro cursos del Grado en Ingeniería en Electrónica y Automática Industrial, autorizado mediante Orden 3890/2010, de 15 de julio, con efectos del curso 2010-2011 para aquellos alumnos que deseen acceder al Grado y se encuentren en posesión del título en Ingeniería Técnica Industrial, especialidad en Electrónica Industrial.

Cuarto

Autorizar en la Universidad Politécnica de Madrid la implantación simultánea de tercero y cuarto cursos a partir del curso 2011-2012 del Grado en Ingeniería Geomática y Topografía, autorizado mediante Orden 3890/2010, de 15 de julio, para aquellos alumnos que se encuentren en posesión del título universitario oficial según el plan de estudio anterior al Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, al que se sustituye el nuevo Grado.

Quinto

Se acuerda la extinción en la Universidad Antonio de Nebrija del Grado en Arquitectura, cuyo plan de estudios fue verificado conforme a los requisitos establecidos en la Orden Ministerial ECI/3856/2007, de 27 de diciembre, y autorizada su implantación por Orden 3701/2009, de 29 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de agosto).

La Universidad Antonio de Nebrija deberá garantizar, en todo caso, el adecuado desarrollo efectivo de las enseñanzas que se extinguen para los estudiantes que las hubieran iniciado, hasta su finalización.

Sexto

Se acuerda la extinción en la Universidad Europea de Madrid del Grado en Arquitectura, cuyo plan de estudios fue verificado conforme a los requisitos establecidos en la Orden ECI/3856/2007, de 27 de diciembre, y autorizada su implantación por Orden 3255/2008, de 30 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto).

La Universidad Europea de Madrid deberá garantizar, en todo caso, el adecuado desarrollo efectivo de las enseñanzas que se extinguen para los estudiantes que las hubieran iniciado, hasta su finalización.

Séptimo

Se acuerda la extinción en la Universidad Europea de Madrid del Grado en Ingeniería en Construcciones Civiles, autorizado por Orden 4713/2009, de 22 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de noviembre), garantizándose, en todo caso, el adecuado desarrollo efectivo de las enseñanzas que se extinguen para los estudiantes que las hubieran iniciado, hasta su finalización.

Octavo

Las Universidades de la Comunidad de Madrid implantarán las titulaciones con los recursos humanos y materiales adecuados a su impartición de conformidad con las memorias presentadas. Las Universidades públicas contarán para ello con los recursos procedentes de los precios públicos establecidos para las enseñanzas universitarias oficiales, los ingresos procedentes del sistema de financiación de las Universidades de la Comunidad de Madrid ya aprobado y el resto de los recursos con que cuente la Universidad.

Madrid, a 26 de septiembre de 2011.

La Consejera de Educación y Empleo, LUCÍA FIGAR DE LACALLE







(03/34.617/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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