Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 249

Fecha del Boletín 
20-10-2011

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111020-44

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

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Iniciación expediente contradictorio ruina

Resolución del director general de Ejecución y Control de la Edificación por la que se dispone la iniciación de expediente contradictorio de ruina sobre el edificio de la finca sita en el número 5 de la calle de Marianela, y trámite de alegaciones del jefe de la Unidad Técnica de Expedientes Contradictorios de Ruina por el que se concede plazo de alegaciones a todos los interesados en el expediente contradictorio de ruina.

Habiéndose intentado sin efecto la notificación en los domicilios de los interesados, y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación por medio del presente anuncio, pudiendo consultar los textos íntegros en la Unidad de Expedientes Contradictorios de Ruina (UTECR), sita en la calle Guatemala, número 13, 28016 Madrid.

Expediente número 711/2011/08076.

Trámites que se notifican: calle de Marianela, número 5. Notificación de la resolución de 20 de mayo de 2011, del director general de Ejecución y Control de la Edificación, por la que se dispone la iniciación de expediente contradictorio de ruina sobre la finca sita en el número 5 de la calle de Marianela, de esta capital, con efecto desde la fecha 28 de abril de 2011, en cumplimiento de los artículos 46 y 55 de la Ordenanza sobre Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones de 22 de diciembre de 2003 (OCRERE), y trámite de alegaciones del jefe de la Unidad Técnica de Expedientes Contradictorios de Ruina de 15 de septiembre de 2011, por el que se les da traslado a todos los interesados de su informe técnico de 15 de julio de 2011 y se les concede un plazo de quince días para que presenten en la Dirección General de Control de la Edificación las alegaciones, documentos y justificantes que estimen oportunos, y en el que se les informa que podrán designar un profesional técnico competente para presentar informe contradictorio, redactado por el mismo, sobre el estado del edificio. Asimismo, se les comunica que transcurrido el mencionado plazo sin que hayan hecho uso del derecho concedido, continuará la tramitación del expediente en virtud de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ordenanza sobre Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones de 22 de diciembre de 2003.

Lo que se informa para su conocimiento y a los efectos oportunos.

Madrid, a 4 de octubre de 2011.—El jefe del Departamento de Gestión, Juan Carlos Rodríguez Álvarez.

(01/3.099/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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