Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
19-10-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111019-127

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

127
Ejecución 96 de 2011

Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 96 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Ángel López Illescas, contra don Osama Abdelhader-Kasim Saleh, “Ática Lengua y Cultura 2009, Sociedad Limitada”, “Estrella Publicidad, Sociedad Limitada”, “Kasim Consulting y Rentas, Sociedad Limitada”, “Honduras 3000”, “Casini Desing Empire, Sociedad Limitada”, “Eydesa Formas”, “Mirastiri, Sociedad Limitada”, y “Libelus Lengua y Cultura, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado auto y decreto siguientes:

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia dictada con fecha 12 de enero de 2011 a favor de la parte ejecutante, don José Ángel López Illescas, frente a don Osama Abdelhader-Kasim Saleh, “Ática Lengua y Cultura 2009, Sociedad Limitada”, “Estrella Publicidad, Sociedad Limitada”, “Kasim Consulting y Rentas, Sociedad Limitada”, “Honduras 3000”, “Casini Desing Empire, Sociedad Limitada”, “Eydesa Formas”, “Mirastiri, Sociedad Limitada”, y “Libelus Lengua y Cultura, Sociedad Limitada”, por la suma de 28.243 euros en concepto de principal, más 2.824,30 euros en concepto de principal y 2.824,30 euros para intereses y costas que se fijan provisionalmente.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Requerir a don Osama Abdelhader-Kasim Saleh, “Ática Lengua y Cultura 2009, Sociedad Limitada”, “Estrella Publicidad, Sociedad Limitada”, “Kasim Consulting y Rentas, Sociedad Limitada”, “Honduras 3000”, “Casini Desing Empire, Sociedad Limitada”, “Eydesa Formas”, “Mirastiri, Sociedad Limitada”, y “Libelus Lengua y Cultura, Sociedad Limitada”, a fin de que en el plazo de diez días manifiesten relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrán ser sancionados, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presenten la relación de sus bienes, incluyan en ella bienes que no sean suyos, excluyan bienes propios susceptibles de embargo o no desvelen las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérseles también multas coercitivas periódicas.

Proceder a la averiguación de bienes de los ejecutados por medio del Punto Neutro Judicial.

Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.

Proceder al embargo de bienes de los ejecutados en la medida suficiente para responder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución, más las costas de esta.

Respecto de “Ática Lengua y Cultura 2009, Sociedad Limitada”, se acuerda dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución, continuándose la tramitación de la ejecución respecto de la codemandada doña Antonia Carrillo González.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Osama Abdelhader-Kasim Saleh, “Ática Lengua y Cultura 2009, Sociedad Limitada”, “Estrella Publicidad, Sociedad Limitada”, “Kasim Consulting y Rentas, Sociedad Limitada”, “Honduras 3000”, “Casini Desing Empire, Sociedad Limitada”, “Eydesa Formas”, “Mirastiri, Sociedad Limitada”, y “Libelus Lengua y Cultura, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de septiembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.556/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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