Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
19-10-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111019-103

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

103
Ejecución 153 de 2011

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 153 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel del Valle Prieto, contra la empresa “Servicomunidades, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de ejecución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña Mercedes Gómez Ferreras.—En Madrid, a 1 de septiembre de 2011.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución se sentencia a favor de la parte ejecutante, don Ángel del Valle Prieto, frente a “Servicomunidades, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 21.511,12 euros en concepto de principal, más otros 2.151 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación. Procédase a la averiguación patrimonial de la ejecutada.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicomunidades, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de septiembre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/32.598/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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