Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
11-10-2011

Sección 1.3.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111011-10

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

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Orden 4034/2011, de 30 de septiembre, por la que se amplía el presupuesto consignado en la Orden 4270/2010, de 14 de diciembre, por la que se convocan subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y de asistencia para el autoempleo para el ejercicio 2011.

Por Decreto 57/2011, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid, se adscribe a la Consejería de Educación y Empleo la Viceconsejería de Empleo.

A su vez, el Decreto 98/2011, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo y suprime, en su artículo 1, el Organismo Autónomo Servicio Regional de Empleo, cuyas competencias en materia de prestación de servicios para el empleo, creación de empleo estable e intermediación laboral asume la Dirección General de Empleo adscrita a la Viceconsejería de Empleo.

Con fecha 14 de enero de 2011, se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 11, la Orden 4270/2010, de 14 de diciembre, de la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración (actualmente Consejería de Educación y Empleo), por la que se modifica la Orden 7643/2004, de 28 de diciembre, que regula estas ayudas y convoca para el año 2011 subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y de asistencia para el autoempleo.

En el artículo 4 de la Orden 4270/2010, de 14 de diciembre, se establece, al tratarse de una Orden de tramitación anticipada, un crédito presupuestario por cuantía estimada, cifrada en 11.192.000 euros.

Mediante Orden TIN/887/2011, de 5 de abril, publicada en el “Boletín Oficial del Estado” número 87, de 12 de abril de 2011, se procedió a distribuir territorialmente para el ejercicio económico 2011, para su gestión por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, las subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

Teniendo en cuenta la habilitación establecida en el apartado 1 del artículo 5 de la mencionada Orden TIN/887/2011, de 5 de abril, para que las Comunidades Autónomas redistribuyan según sus necesidades de gestión y en función de las especificidades de los colectivos a atender, las cantidades inicialmente asignadas,

DISPONGO

Artículo 1

Ampliación del presupuesto

1. Para el cumplimiento de la finalidad establecida en la convocatoria de la Orden 4270/2010, de 14 de diciembre, de la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración (actualmente Consejería de Educación y Empleo), por la que se convoca para el año 2011 subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y de asistencia para el autoempleo, se amplía en 5.204.857,96 euros la cuantía del crédito presupuestario establecido inicialmente, por lo que la cuantía total máxima destinada a las subvenciones convocadas para el año 2011 sería de 16.396.857,96 euros imputados en el Programa 960, Partida 47220-Políticas Activas de Empleo.

2. La publicación de esta Orden no implica la apertura de un nuevo plazo para presentar nuevas solicitudes.

Artículo 2

Recursos administrativos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la misma, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir, todo ello de acuerdo con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, así como en los artículos 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

DISPOSICIÓN FINAL

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 30 de septiembre de 2011.

La Consejera de Educación y Empleo, LUCÍA FIGAR DE LACALLE

(03/34.072/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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