Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
11-10-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111011-145

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

145
Demanda 1.155 de 2009

Doña Araceli Crespo Pascual, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.155 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Pilar Sánchez Barba, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Clínicas, Sociedad Anónima”, “Mutua Activa 2008”, don Emilio González Bilbao y don Javier Cano González, sobre Seguridad Social, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que desestimando la demanda formulada por doña Pilar Sánchez Barba en materia de determinación de contingencia, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Mutua Activa, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 13” y la empresa “Clínicas, Sociedad Anónima”, representada por los administradores concursales don Emilio González Bilbao y don Javier Cano González, debo de absolver y absuelvo a los referidos demandados de los pedimentos en su contra deducidos.

Que estimando parcialmente la demanda formulada por doña Pilar Sánchez Barba en materia de reclamación de pago de prestación de incapacidad temporal, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Mutua Activa, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 13” y la empresa “Clínicas, Sociedad Anónima”, representada por los administradores concursales don Emilio González Bilbao y don Javier Cano González, debo condenar y condeno a la empresa “Clínicas, Sociedad Anónima”, al pago directo de la prestación de incapacidad temporal por contingencia común a doña Pilar Sánchez Barba en el período comprendido entre el 1 de enero de 2009 y el 18 de marzo de 2010, a razón de una base reguladora mensual de 1.219,06 euros, todo ello con obligación de anticipo de “Mutua Activa, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 13” y responsabilidad subsidiaria del Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social para el supuesto de insolvencia, absolviéndoles de los restantes pedimentos en su contra deducidos.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Clínicas, Sociedad Anónima”, y don Javier Cano González, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de septiembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.819/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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