Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 238

Fecha del Boletín 
07-10-2011

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111007-43

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE AJALVIR

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Nombramiento miembros Corporación

Por decreto de la Alcaldía de 20 de junio de 2011, ratificado en sesión de Pleno de fecha 27 de junio de 2011, se acordó:

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 20 de la Ley 7/1985, y desarrollado en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, corresponde a esta Alcaldía, proponer el nombramiento de los miembros de la Corporación que han de formar la Junta de Gobierno, ostentar las tenencias de Alcaldía y la creación de las Comisiones Informativas.

A la vista de lo preceptuado en los artículos 20, 21 y 23 de la repetida Ley, y artículos 38, 112 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales vigente, y visto, asimismo, el informe emitido por el secretario de la Corporación, vengo en decretar:

a) Como quiera que la Junta de Gobierno ha de existir en este Ayuntamiento por haberse así acordado por el Pleno en legislaturas anteriores, nombro para que integren la misma los concejales siguientes que no superan el tercio del número legal de los miembros que componen la Corporación.

— Don Jesús Cabrera Culebras.

— Doña Marta de los Ángeles Lara Cabello.

— Don Francisco Andreo Sáez.

Debiendo darse cuenta al Pleno de dichos nombramientos.

b) Para la sustitución de esta Alcaldía en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, nombro como tenientes de alcalde a los siguientes concejales miembros designados para formar parte de la Junta de Gobierno:

— Primer teniente de alcalde, don Jesús Cabrera Culebras.

— Segundo teniente de alcalde, don Francisco José Luque Jurado.

— Tercer teniente de alcalde, doña Marta de los Ángeles Lara Cabello.

— Cuarto teniente de alcalde, don Francisco Andreo Sáez.

c) Delegar en la Junta de Gobierno las atribuciones concretas que me asigna como delegables el artículo 21 de la Ley de referencia, y en todo caso aquellas atribuciones y competencias concretas que sean delegables según ley, con expresa reserva de la facultad de avocación de las competencias delegadas, y hacer constar que se delegan las que por acuerdo previo el Pleno acordó delegar a la Junta de Gobierno.

d) Delego en favor de los concejales que a continuación se indican las concretas atribuciones siguientes:

— Don Jesús Cabrera Culebras: Educación y Cultura, Sanidad y Nuevas Tecnologías.

— Don Francisco José Luque Jurado: Deportes, Juventud, Festejos, Personal y Hacienda.

— Doña Marta de los Ángeles Lara Cabello: Obras, Servicios, Comercio, Industria y Servicios Sociales.

— Doña Emilia García Lorenzo: Mujer, Infancia, Familia, Consumo y Transportes.

— Don Francisco Andreo Sáez: Medio Ambiente, Agricultura, Seguridad y Protección Civil.

— Doña Raquel Torres Rey: Tercera Edad, Inmigración, Turismo, Empleo y Relaciones Institucionales.

Siendo competencia del alcalde-presidente las demás Áreas de Gobierno y el resto que según Ley le correspondan, con capacidad para efectuar avocación y revocación de competencias.

e) Para su acomodación a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley citada propongo al Pleno el cese de las comisiones informativas actualmente constituidas y la creación de las que seguidamente se enumeran, con la denominación que se indica, para el estudio e informe de los asuntos que correspondan al Pleno o que otros órganos municipales puedan remitirles:

— Comisión especial de cuentas y

— Comisión informativa general.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Ajalvir, a 14 de julio de 2011.—El alcalde, Antonio Martín Méndez.

(03/31.759/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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