Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 236

Fecha del Boletín 
05-10-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111005-152

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

152
Ejecución 116 de 2009

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 116 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Enrique Ludeña Terrones, contra la empresa “Grupo Inmobiliario Lobansa, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 2 de septiembre de 2011.

La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que se han practicado las averiguaciones necesarias para encontrar bienes suficientes de la ejecutada en los que hacer traba y embargo sin pleno resultado.—Doy fe.

Decreto

En Madrid, a 2 de septiembre de 2011.—En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a la ejecutada “Grupo Inmobiliario Lobansa, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 16.472,56 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo Inmobiliario Lobansa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de septiembre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/30.956/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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