Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 232

Fecha del Boletín 
30-09-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110930-141

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

141
Demanda 984 de 2009

Don Alfonso Lozano de Benito, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 984 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Víctor Hugo Pereira Fernández, contra la empresa “Deican Estructuras, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente:

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Víctor Hugo Pereira Fernández, contra, como demandados, la empresa “Deican Estructuras, Sociedad Limitada”, y don José Antonio Martínez Moya, que no comparecen en el procedimiento pese a estar citados en legal forma, y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a los demandados, en la cualidad legal que ostentan, a abonar al actor la suma de 588,11 euros.

En cuanto al Fondo de Garantía Salarial, habrá de estar y pasar por esta declaración.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia o se trate de emplazamiento que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Deican Estructuras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado, y en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de julio de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/30.602/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110930-141