Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 231

Fecha del Boletín 
29-09-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110929-263

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GRANADA NÚMERO 5

EDICTO

263
Cantidad 992 de 2009

Doña María Dolores García-Contreras Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Granada.

Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 992 de 2009, a instancias de doña Elisa Isabel Martín Martín, contra “Aena Aeropuertos, Sociedad Anónima” antes Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA), “Creek-Bay Promociones, Sociedad Limitada”, y “Manpower Business Solutions, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre cantidad, se ha dictado sentencia de fecha 30 de junio de 2011, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda promovida por doña Elisa Isabel Martín Martín, contra Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA), “Creek-Bay Promociones, Sociedad Limitada”, y “Manpower Business Solutions, Sociedad Limitada Unipersonal”, debo condenar y condeno a las empresas “Creek-Bay Promociones, Sociedad Limitada”, y “Manpower Business Solutions, Sociedad Limitada Unipersonal”, a que abonen solidariamente a la actora la cantidad de 13.499,33 euros, más el 10 por 100 de recargo en concepto de mora sobre los conceptos de naturaleza salarial, y se condena solidariamente a Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) a que de dicho importe abone la cantidad de 12.177,24 euros.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Creek-Bay Promociones, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Granada, a 25 de julio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.513/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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