Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 231

Fecha del Boletín 
29-09-2011

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110929-253

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

253
Ejecución 265 de 2011

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 265 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José María García Martos, don Alejandro Zazo Yuste, don José Luis Lara González, don Daniel Alonso Sánchez, don Lucio del Álamo Novillo, don Segundino Lerma Bueno, don Miguel Moreno Cuadrado, don José Luis Moreno Sánchez, doña María Bella Sánchez, don José Manzanares Fraga, don Isaac Moreno Sánchez y don Carlos Carrillo Real, contra la empresa “Encuadernaciones Abedul, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a la ejecutada “Encuadernaciones Abedul, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 53.654,53 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Encuadernaciones Abedul, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 1 de septiembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.667/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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