Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 231

Fecha del Boletín 
29-09-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110929-158

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

158
Ejecución 218 de 2009

Don Alfonso Lozano de Benito, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecución número 218 de 2009, de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Guillermo Bejarano Restrepo, contra la empresa “Canon Humano Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente:

Acuerdo:

Tener al Fondo de Garantía Salarial por subrogado en el presente procedimiento en los derechos y acciones del trabajador don Guillermo Bejarano Restrepo, por la cuantía de 6.550,50 euros.

Hágase saber a las partes que la presente resolución no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante el secretario que ha dictado la presente resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia, o se trate de emplazamiento que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Guillermo Bejarano Restrepo y “Canon Humano Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado, y en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de julio de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/30.309/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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