Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 231

Fecha del Boletín 
29-09-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110929-127

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

EDICTO

127
Demanda 100 de 2011

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 100 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Teresa Aspron Zapatero, contra las empresas “Externa Desarrollo de Proyectos e Inversiones, Sociedad Limitada”, “Trauxia, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la siguiente sentencia:

En Madrid, a 15 de abril de 2011.—Don Ángel Juan Alonso Boggiero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 13 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido entre partes, de una y como demandante, doña María Teresa Aspron Zapatero, que comparece asistida por del letrado don Joaquín Sánchez Fernández, y de otra, como demandados, “Externa Desarrollo de Proyectos e Inversiones, Sociedad Limitada”, que no comparece; Fondo de Garantía Salarial, representado por doña María Santas Ara Callizo, y “Trauxia, Sociedad Anónima”, que comparece asistida del Letrado don Luis Rabadán García.

En nombre del rey, ha dictado la siguiente.

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por doña María Teresa Aspron Zapatero frente a la empresa “Externa Desarrollo Proyectos e Inversiones, Sociedad Limitada”, debo:

1.o Declarar improcedente el despido practicado con efectos del 15 de diciembre de 2010.

2.o Declarar extinguida la relación laboral con efectos del 15 de abril de 2011.

3.o Condenar a la empresa “Externa Desarrollo Proyectos e Inversiones, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones, así como a que abone a doña María Teresa Aspron Zapatero la cantidad de 6.393,75 euros en concepto de indemnización y la de 6.655 euros en concepto de salarios de tramitación desde la fecha del despido el 15 de diciembre de 2010 hasta la de la extinción de la relación laboral el 15 de abril de 2011.

4.o Absolver al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus obligaciones legales.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Externa Desarrollo de Proyectos e Inversiones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de agosto de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.342/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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