Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 226

Fecha del Boletín 
23-09-2011

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110923-51

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

51
Subvención anual proyectos cooperación 2011

I. Vista la convocatoria pública de solicitud de subvención anual para proyectos de cooperación para el desarrollo 2011, aprobada por Decreto 5541 de 31 de mayo 2011, dirigida a todas las entidades de cooperación al desarrollo, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 139, con fecha 14 de junio de 2011, de conformidad con la ordenanza que regula dicha convocatoria, publicada de forma íntegra el día 22 de julio de 2010 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 174).

II. Transcurrido el plazo para la prestación de solicitudes, examinada y valorada la documentación aportada por los solicitantes exigida en la convocatoria, habiéndose revisado las puntuaciones y corregido erratas, y una vez finalizado el período de alegaciones de adjudicación provisional no habiéndose presentado ninguna alegación.

III. Todas las solicitudes propuestas para aprobación han presentado la documentación exigida por la ordenanza y acreditan encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no son deudores por resolución de procedencia de reintegro.

IV. De conformidad con la propuesta elevada a la Alcaldía-Presidencia por la Delegación de Cooperación, asistido por la Universidad San Pablo CEU y de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la ordenanza señalada, resuelvo:

I. Formular propuesta de resolución definitiva en materia de proyectos de cooperación al desarrollo, proyectos de sensibilización y educación para el desarrollo por un importe de 662.785,26 euros, con cargo a la partida 003.23200.48005 “Transferencias de Cooperación Institucional” del presupuesto del Ayuntamiento de Alcobendas para el año 2011.

La convocatoria de subvenciones se efectúa de acuerdo con las prioridades, requisitos y recursos establecidos en la ordenanza reguladora de las bases para la subvención de proyectos de Cooperación al Desarrollo de Alcobendas, aprobada definitivamente en pleno, con fecha 25 de mayo 2010 y publicada el día 22 de julio de 2010 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Asimismo, se atenderá a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como al Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de esta Ley.

II. Aprobar la propuesta de subvención que se formula para los proyectos de cooperación al desarrollo, proyectos de sensibilización y educación para el desarrollo, tal y como se expone a continuación:





IV. Aprobar la propuesta de desestimación de los proyectos presentados por las siguientes instituciones a la convocatoria, por falta de cumplimiento en uno o varios requisitos acorde a lo que establece el apartado III, la “Documentación requerida”, requisitos a cumplir y criterios de valoración, puntos A y B, de las bases de la convocatoria.

01. Fundación África Directo.

02. Iscod. Fundación Instituto Sindical de Cooperación al Desarrollo.

03. Asociación Entrepueblos.

04. Asociación Abenin.

05. Asociación Altamiros.

06. Asociación Madre Coraje.

07. Fundación Mozambique Sur.

08. Proyecto para Grupos de Mujeres.

09. Fundación Wampra.

10. Alianza de Solidaridad Extremeña.

11. Colegio Fisco-Misional Técnico Agropecuario.

12. Asociación de Rumanos Scanteia.

13. Fundación Save The Children.

14. Cooperativa Multiactiva para el Desarrollo Local (Ceta).

15. Corporación Festival de Tamboires y Expresiones Culturales de Palenque.

16. Cooperativa Multiactiva para el Desarrollo Local.

17. Asociación Paz Ahora.

18. ATM-Amigos del Tercer Mundo.

19. Asociación Esperanza Nueva para Llano Grande.

20. Fundación Cideal de Cooperación e Investigación.

V. Autorizar y disponer, a cada uno de los beneficiarios propuestos, las cantidades desglosadas en los apartados anteriores, con cargo a la partida 003.23200.48005 “Transferencias de Cooperación Institucional”, del presupuesto ordinario del Ayuntamiento de Alcobendas para el año 2011, con objeto de financiar los proyectos destinados a la cooperación al desarrollo.

VI. Los beneficiarios quedan sujetos a las condiciones señaladas en la ordenanza reguladora de las bases para la subvención de proyectos de cooperación al desarrollo de Alcobendas y en las bases de la convocatoria, así como lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

VII. Desestimar el resto de proyectos.

VIII. Publicar, de conformidad con lo establecido en la ordenanza reguladora de las bases para la subvención de proyectos de cooperación al desarrollo de Alcobendas, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en la página web del Ayuntamiento de Alcobendas y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

IX. Este proceso pone fin a la vía administrativa y contempla la interposición de los recursos señalados en el epígrafe B. 1 al dorso de la notificación.

En Alcobendas, a 1 de septiembre de 2011.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(03/30.007/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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